La Justicia británica rechaza la extradición de Garikoitz Ibarlucea Murua

Un tribunal de Londres rechazó hoy la petición de extradición a España de Garikoitz Ibarlucea Murua, reclamado por participar en actos de violencia callejera en el País Vasco entre 2001 y 2002, al considerar "no válida" la orden europea de arresto dictada contra él.

La Fiscalía británica, que actúa en representación del Estado español, anunció que apelará esta decisión de la juez de la Corte de Magistrados de Westminster (Londres) Daphne Wickham, que además decretó la libertad bajo fianza sujeta a condiciones para Ibarlucea.

No obstante, Ibarlucea, detenido en Londres el pasado 14 de marzo, no quedará en libertad de manera inmediata porque la Fiscalía también tiene previsto presentar recurso contra esta decisión en el plazo máximo de 48 horas ante el Alto Tribunal de Londres.

La juez dio por buenos los argumentos de la defensa de Ibarlucea, que en la vista celebrada el pasado 21 de julio alegó, para evitar su extradición, errores en la formulación de la euro-orden de arresto.

El abogado del acusado, Mark Summers, argumentó que había discrepancias entre una primera orden de detención y entrega dictada por el Estado español en 2007 y la definitiva de 2010.

Las diferencias tienen que ver, dijo el abogado, con la cantidad y gravedad de los delitos que se le imputan a Ibarlucea.

Según la defensa, los cargos descritos no se ajustan, por el tipo o por la pena que se les atribuye, con los que se imputaron en un juicio en 2006 a los otros siete jóvenes que fueron detenidos por la Guardia Civil junto a Ibarlucea en Guipúzcoa en 2002.

En ese proceso, la Audiencia Nacional condenó a los acusados por delitos de causar "daños" materiales a penas de uno y dos años de cárcel -que en algunos casos se suspendieron por no tener antecedentes penales-, después de que el fiscal y las defensas alcanzaran un acuerdo.

En el caso de Ibarlucea, en la euro-orden del 2010 añadieron delitos previos a ese acuerdo y que acarrean penas más altas por conllevar riesgo para la vida (se aludió a "estragos" en lugar de "daños"), y se sugirió, a diferencia del caso del grupo sentenciado en España, una posible pertenencia a organización armada.

La defensa mantuvo que los delitos por los que las autoridades españolas debían reclamar a Ibarlucea son sólo de "daños" materiales por actividades de "kale borroka" sin riesgo para la vida, por lo que la pena de cárcel sería de dos años y el delito ya habría prescrito.

Por esta razón, concluyó Summers, no correspondía extraditar.

Otro argumento de la defensa fue que la entrega de Ibarlucea podría vulnerar sus derechos bajo la cláusula de "especialidad", recogida en la ley británica de extradición, que exige que los acusados sean juzgados sólo por los delitos por los que se les reclama en la petición de extradición.

Summers dijo que existía un "riesgo real" de que su cliente fuera juzgado por pertenencia o asociación con ETA, cargo que no apareció en el juicio a sus compañeros ni en órdenes previas.

Pero según lo tipificado en la última euro-orden emitida contra Ibarlucea, argumentó este letrado, la pena para él en España podría ascender a 48 años de cárcel, lo que, en su opinión, es "desproporcionado" a juzgar por lo imputado a sus colegas.

Garikoitz Ibarlucea Murua, de 29 años, fue arrestado hace cinco meses en su puesto de trabajo como cocinero en una cadena de alimentación de productos orgánicos en el Soho londinense.

Entre las acciones por las que iba a ser juzgado cuando no se presentó ante la Audiencia Nacional española estaban varios ataques con artefactos incendiarios o piedras que causaron daños materiales, entre ellos contra el vehículo de un funcionario del Gobierno vasco en noviembre de 2001, unas oficinas de Correos en abril de 2002 y un autobús de pasajeros a su paso por la N-1 en mayo de 2002.

Ibarlucea fue detenido por la Guardia Civil española en octubre de 2002 junto a otros siete jóvenes: Aritz Sudupe, Eñaut Garmendia, Ibon Arnalde, Iosu y Mikel Ozaita, Jon Otegi y Goar Jiménez.