Una sentencia obliga a Ryanair a permitir volar a los niños que no lleven DNI

  • La compañía deberá indemnizar a los afectados
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Una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona obliga a la compañía aérea Ryanair a permitir volar a los niños que viajen con sus progenitores sin Documento Nacional de Identidad o Pasaporte y a indemnizar a las familias que se vieron afectadas por esta norma de la aerolínea, según ha explicado el abogado y responsable de Retrasos.net, Dan Miró.

En declaraciones a Europa Press Televisión, Miró ha señalado que la sentencia avala a "todas las familias a las que se ha denegado el embarque de uno de sus miembros menor de edad por no llevar el DNI" y ha recordado que esta práctica es "ilegal".

Además, ha indicado que "la sentencia dice con rotundidad que en el Estado español ordenan las normativas españolas y no las que dicta la propia compañía" y recuerda a la aerolínea que "tiene que respetar las normas". El abogado ha explicado que la familia denunciante está integrada por cuatro miembros, uno de ellos de tres años, que "se quedaron sin vacaciones porque el menor no disponía del Documento Nacional de Identidad".

Miró ha explicado que las familias que en los últimos dos años se han visto afectadas por esta situación "tienen derecho a que se les abone el importe de los billetes y los daños materiales y morales que crean oportunos y sean justificables".Asimismo, ha aconsejado que si después de la reclamación Ryanair no les ofrece una solución, comuniquen su caso en la web www.afectadosporryanair.com.