Un coche fúnebre a las puertas del Palacio de Hielo, el centro comercial con pista de patinaje situado en Madrid, que ha sido habilitado como morgue |
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El Ministerio de Sanidad ha prohibido desde este lunes 30 de marzo la celebración de velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, así como en los domicilios particulares. También se prohíben ceremonias fúnebres para evitar el contagio del coronavirus.

Así lo recoge la Orden SND/298/2020 de 29 de marzo publicada en el Boletín Oficial del Estado, en la que se detalla que la prohibición afecta a todos los fallecidos, y no solo a aquellos que estuvieran infectados por Covid-19.

En este sentido, Sanidad reconoce que "debido a las especiales características que rodean las ceremonias fúnebres, es difícil asegurar la aplicación de las medidas de contención y distanciamiento con la separación interpersonal de más de un metro necesaria para limitar la propagación del virus".

No obstante, el departamento que dirige Salvador Illa establece que la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de tres familiares o allegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

Precios

Además, el Ministerio ha fijado además que durante el periodo de vigencia del estado de alarma, los precios de los servicios funerarios no podrán ser superiores a los precios vigentes con anterioridad al 14 de marzo de 2020, cuando entró en vigor el estado de alarma.

En este sentido, las empresas de servicios funerarios deberán facilitar al usuario, con carácter previo a la contratación del servicio, un presupuesto desglosado por cada uno de los conceptos incluidos en el mismo y la lista de precios vigente con anterioridad al 14 de marzo de 2020, aun en el supuesto de que resulte necesario realizar actuaciones específicas como consecuencia de los fallecimientos producidos por causa del coronavirus.Por último, Sanidad establece que tampoco se podrán realizar prácticas de tanatoestética, intervenciones de tanatopraxia, ni intervenciones por motivos religiosos que impliquen procedimientos invasivos en el cadáver a personas fallecidas por Covid-19.

"Descongestión" en Madrid

Las empresas funerarias privadas de la Comunidad de Madrid empiezan a ver "descongestionadas" algunas de las instalaciones que estaban "con excesiva carga de trabajo" tras la decisión de trasladar a otras provincias a los difuntos para su incineración ante el colapso de los crematorios de la región.

La saturación que sufrían los dos crematorios del Ayuntamiento de Madrid, los del cementerio Sur y La Almudena, se ha extendido a las 28 instalaciones privadas que hay distribuidas por la región, que, frente al colapso, se han visto obligadas a llevar a los difuntos a otras provincias para proceder a su incineración.

La Comunidad de Madrid ha puesto este lunes a disposición de las autoridades sanitarias una nueva morgue provisional en instalaciones de la Ciudad de la Justicia para acoger fallecidos por el coronavirus (Covid-19), con capacidad para acoger 230 cadáveres que se suma a la que ha entrado en funcionamiento esta semana en el Palacio de Hielo.