Imagen del interior de un restaurante madrileño | EFE
(Actualizado

La Comunidad de Madrid ha anunciado las medidas que se aplicarán en Madrid contra el coronavirus tras el estado de alarma que termina este sábado a las 16.47 horas. Hay unas medidas que se aplicarán a nivel general en toda la región y otras más específicas en las áreas básicas de salud con mayor tasa de contagios.

Las medidas generales que se aplicarán en toda la región madrileña a partir de las 16.47 horas de este sábado son:

  • No se permiten reuniones sociales y familiares tanto en ámbito público como privado entre las 0.00 horas y las 6.00 horas. Los encuentros se limitarán a convivientes. La prohibición no será efectiva por motivos de asistencia, cuidado a mayores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o por cuestiones laborales.
  • En el resto del día, solo se permiten reuniones con un máximo de 6 personas, sean o no convivientes
  • En hostelería, se suspende el servicio de barra. Aforo de 50% en interiores y 75% en terraza
  • Salones de banquetes al 50% de aforo
  • El cierre en hostelería se aplica a las 0.00 horas. Solo se podrá admitir clientes hasta las 23.00 horas
  • El comercio solo podrá abrir de 6.00 a 22.00 horas excepto comercios imprescindibles como farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Aforo al 75%
  • Cines, teatros y espacios culturales al 50%
  • Un 40% de aforo en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center, tal y como estaba hasta ahora)
  • Instalaciones deportivas abiertas de de 6.00 a 0.00 horas. Aforo en interior al 50%
  • Parques y jardines abiertos de 6 a 0.00 horas
  • Gimnasios al 50%

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    Por otro lado, la Comunidad de Madrid ha establecido restricciones concretas en 32 áreas básicas de salud de Madrid, aquellas con peores datos de contagios. Estas medidas se aplicarán a partir del lunes 26 de octubre.

    Las zonas con restricciones se encuentran en nueve distritos de Madrid capital y en otros 11 municipios de la región.

    En Madrid capital son Núñez Morgado (Chamartin), Guzmán el Bueno (Chamberí); San Andrés, San Cristobal y El Espinillo (Villaverde); Entrevias, Peña Prieta, El Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaira, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz); Puerta del Ángel (Latina), Virgen de Begoña (Fuencarral); e Infanta Mercerdes y Villaamil (Tetuán).

    Asimismo, quedan con restricciones los municipios de Collado Villaba, Guadarrama, Majadahonda, Morata de Tajuña, El Boalo, Villarejo de Salvanés, Colmenar de Oreja y las zonas de salud de San Juan de la Cruz de Pozuelo de Alarcón; San Blas y Pintores en Parla; Colmenar Viejo Norte de Colmenar Viejo; y Las Fronteras y Brújulas de Torrejón de Ardoz.

    Comprueba si tu calle está entre las zonas de Madrid con restricciones contra el coronavirus

    Zonas básicas de salud y municipios con restricción de movilidad desde las 00:00 del lunes 26 de abril.

    En estas 32 zonas básicas residen 671.259 madrileños, un 10% de la población de la región. En ellas se concentra el 15,5% del total de los casos de los últimos 14 días, un total de 4.223 casos, según indica el Gobierno regional.

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    La Dirección General de Salud Pública ha establecido la tasa de incidencia en 500 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días para determinar esas zonas, rebajándola desde los 750 que había anteriormente. No cumple así con el plan aprobado en el Consejo Interterritorial de Salud, que marcaba como riesgo extremo una tasa por encima de los 250 casos por cada 100.000 habitantes.

    Las 32 zonas mencionadas tendrán las siguientes restricciones concretas

    • Se establece la restricción de entrada y salida en el perímetro del municipio o zona afectada salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
    • Se permite el movimiento en el interior de esas zonas
    • Hostelería al 50% de aforo tanto en interior como en exterior. No habrá servicio de barra. Horario cierre a las 0.00 horas y no se permite aceptar clientes a partir de las 23.00 horas. Solo seis personas por mesa
    • El comercio no puede superar el 50% de aforo. Cierre a las 22.00 horas exceptos comercios esenciales
    • Culto con un tercio de aforo
    • Velatorios con un máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacio cerrados
    • Academias y autoescuelas al 50%
    • Instalaciones deportivas con un aforo al 50% en interiores y 60% en exteriores
    • Se cierran los parques y jardines públicos

      Las medidas y las zonas con restricciones han sido anunciadas por el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, en rueda de prensa en la Real Casa de Correos. La Consejería de Sanidad publicará en el Boletín Oficial de la a Comunidad de Madrid (BOCM) la modificación de la Orden 668/220 introduciendo nuevos límites horarios y restricciones.