Los municipios de hasta 10.000 habitantes no tendrán franjas horarias para hacer deporte y pasear con niños
Se elimina el límite de un adulto y hasta tres menores, de modo que se podrán desplazar todos los convivientes en un mismo domicilo
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado nuevas medidas para relajar el confinamiento de los municipios de hasta 10.000 habitantes. Entre ellas, la supresión de las franjas horarias para hacer deporte y dar paseos con niños que ya podrán ir acompañados de más de un adulto.
Esta orden será de aplicación para municipios y entes inferiores al municipio de hasta 10.000 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado que estén en la fase 0 o fase 1.
De estas medidas se podrán beneficiar las personas empadronadas o las que hayan permanecido en esos lugares los últimos catorce días.
Sin embargo, no podrán hacerlo quienes presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario por un diagnóstico de covid-19. Tampoco aquellas que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de coronavirus.
Según el BOE, las personas vulnerables también podrán hacer uso de todo ello "siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y que mantengan rigurosas medidas de protección".
Sin franjas horarias
De ese modo, Sanidad establece que se eliminen las franjas horarias sobre la actividad física no profesional al aire libre y para los desplazamientos de la población infantil.
Además, para los paseos con menores de 14 años, fija que ya "no será de aplicación el límite de un adulto responsable y hasta tres niños", pudiendo realizar dichos desplazamientos "todos los convivientes en un mismo domicilio".
También indica que "dicha actividad se podrá practicar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia".
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