Niño con patinete en su primer día de paseo libre durante el estado de alarma | Europa Press
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Parece que las normas y límites a la hora de salir a la calle con los niños están algo más claras después de que el Ministerio de Sanidad publicara la Guía de buenas prácticas en las salidas de la población infantil durante el confinamiento, y que además explicara la regla de los cuatro '1': 'Un adulto, una vez al día, una hora como máximo y un kilómetro'.

Pero, de no cumplir alguna de estas normativas, como el no utilizar parques ni zonas recreativas infantiles o salir a pasear fuera del horario establecido (de 9 de la mañana a 21 horas), ¿puede conllevar alguna sanción? Desde la asesoría legal de Legálitas aseguran que sí.

Multas por no respetar las normas del paseo infantil

Incumplir alguna de las normas establecidas por el Gobierno para el paseo con niños podría conllevar sanciones desde 601 euros, según ha advertido Legálitas. Para ello, se ha basado en la Ley de Seguridad Ciudadana, concretamente en el artículo 36.6, que se considera una infracción grave la "desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones".

Las multas por incumplir las normas del paseo infantil pueden ir de 601 a 1.500 euros

Estas multas irán en la misma línea que el resto de las sanciones por no acatar las restricciones de movilidad establecidas por el estado de a alarma y que hasta el momento se están tramitando.

Pero, ¿qué conductas podrían conllevar esa multa de 601 euros?: por ejemplo, salir con los niños antes o después del toque de queda (el horario permitido es de 9.00 a 21.00 horas), salir con un número de niños superior a los tres permitidos, acceder a parques infantiles, o de zonas infantiles recreativas... o estar a más de 1 kilómetro de distancia del domicilio.

Además, la cuantía de la multa, podría aumentar hasta los 1.500 euros si se aprovecha el paseo con el niño para reunirse con otros padres o madres de otros niños a charlar o compartir el paseo. También podría aumentar la sanción, si el paseo se hace a muchos kilómetros de distancia de la vivienda, visitando algún lugar periférico. Ir acompañado por más personas de las permitidas, es un agravante.