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El pasado 11 de abril comenzaba la campaña de la Declaración de la Renta para aquellos que decidan presentarla por internet y finalizará el próximo 30 de junio. Si aún no la has presentado te contamos los pasos a seguir para hacerlo.

La forma más fácil es obtener el borrador que nos facilita la Agencia Tributaria y comprobar que lo que aparece está o bien, o en caso contrario modificarlo y enviarlo.

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1) Descargar el borrador

Hay 3 formas de conseguir el borrador de forma 'on line':

  • Cl@ve PIN: 

    El sistema permite identificar a los ciudadanos ante la Administración en Internet, mediante el usuario y la contraseña que identifica y permite hacer numerosos trámites con la Seguridad Social, Hacienda y el Servicio Público de Empleo (SEPE). La aplicación nos la podemos descargar si queremos también en nuestro teléfono móvil.

    De este modo queramos realizar un trámite se genera de manera automática un PIN que llega a la aplicación de Cl@ve o mediante un SMS que recibiremos en nuestro teléfono móvil.

    También se puede obtener desde la aplicación para dispositivos móviles de la Agencia Tributaria o en las oficinas registradas.

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    • Certificado o DNI electrónico

      Si queremos obtener el certificado electrónico deberemos instalar, en primer lugar, el software que indica la Sede Electrónica de Real Casa de la Moneda. Después el programa guía al usuario para obtener un código de solicitud que será el documento a presentar en una Oficina de Acreditación de Identidad

      Tras acreditar correctamente la identidad, se recomienda descargar e instalar el certificado y realizar una copia de seguridad en el ordenador.

      Para conseguir el DNI electrónico tenemos que pedir cita en una Oficina de Expedición del DNI o en una comisaría de Policía.

      • Número de referencia

        Es una opción solo válida para personas físicas. La Agencia Tributaria en su proporciona un número de referencia que permite gestionar todos los servicios de Renta. Además, se puede acceder al número mediante la aplicación de la Agencia Tributaria.

        2) Actualizar los datos personales

        Una vez hayamos accedido a nuestro borrador deberemos de comprobar los datos que aparecen en él. En especial debemos mirar aquellos que se han podido ver modificados en el ejercicio fiscal correspondiente a 2022.

        De este modo deberemos revisar si está correcto nuestro domicilio fiscal, así como nuestro estado civil, número de hijos o personas a nuestra cargo para evitar pagar más por no aplicar los mínimos y ventajas fiscales.

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        3) Verificar los rendimientos obtenidos

        También es conveniente verificar que los rendimientos de los inmuebles declarados se imputan de forma correcta, en especial el porcentaje de titularidad en el caso de bienes gananciales.

        Si somos trabajadores por cuenta ajena deberemos de verificar con el justificante que nos aporte nuestra empresa que las cantidades recibidas son las correctas. Lo mismo es conveniente hacer en el caso de que tengamos depósitos bancarios, acciones, etc.

        En el caso de que a lo largo de 2022 hemos vendido o donado algún bien, se debe incluir en la declaración la ganancia o pérdida de patrimonio obtenida en la transacción, pero hay que recordar que Hacienda no admite la compensación de pérdidas de bienes donados.

        Si durante 2022 se produjo una separación legal es necesario comprobar que los datos sobre inmuebles se incluyen de forma correcta. También se debe comprobar la opción que interesa más en el pago de pensiones compensatorias y por alimentos.

        4) Incluir deducciones

        Aspecto importante es comprobar si en el borrador aparecen las deducciones a las que tenemos derecho, entre otras las relativas a las que se tiene derecho por ser familia numerosa o tener una discapacidad, para que si no están podamos incluirlas. Consulta todas las deducciones aquí.

        Si se ha sido madre trabajadora durante 2022 y no solicitó el pago anticipado puede incluir la deducción por maternidad en su declaración.

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        Además de las deducciones estatales hay otras de carácter autonómico que vendrán determinadas por el lugar en el que tenemos fijado nuestro domicilio fiscal.

        Pueden ser deducciones de carácter familiar (por familia numerosa, por familia monoparental, por nacimiento) o por una serie de gastos (por ejemplo, alquiler de vivienda, ayuda doméstica, gastos educativos, libros de texto, guardería, gastos médicos, recursos energéticos renovables, dispositivos de ahorro de agua, vehículos eléctricos o donativos, etc.).

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        5) Casillas de la Iglesia y otros fines sociales

        Otras de las casillas a revisar y que no implica ni que tengamos que pagar más o que nos devuelvan menos es la del 0,7% que va destinado a la Iglesia y la casilla que en la misma proporción va destinado a otros fines sociales.

        Antes de presentar la declaración también es importante si no es más favorable, realizar la declaración individual o la conjunta y en función del resultado decidir.

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        Además la Agencia Tributaria pone a disposición de los ciudadanos en su página web lo que ha denominado como 'Renta WEB Open'. Se trata de una versión de Renta WEB que funciona como un simulador.

        Permite simular nuestra declaración de IRPF pero no requiere identificación del contribuyente, no valida el NIF del declarante y no necesita disponer de datos fiscales.

        Al ser un simulador, 'Renta WEB Open' no permite la presentación de la declaración.