La Audiencia Nacional admite la querella contra Rubiales por el beso a Jenni Hermoso
Reclama a diversos medios vídeos del beso a Jenni Hermoso desde diferentes ángulos y de la celebración del Mundial
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Francisco de Jorge, ha admitido la querella presentada por la Fiscalía por los delitos de agresión sexual y coacciones contra el expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, por el beso en la boca que propinó a la jugadora de la selección Jenni Hermoso en la entrega de trofeos del Mundial en Sidney (Australia).
En un auto, recogido por Europa Press, el magistrado de la Audiencia Nacional (AN) acuerda las primeras diligencias en este procedimiento, entre ellas recabar de RTVE el vídeo o vídeos que tengan en sus archivos que recojan el momento desde todos los ángulos en el que el querellado besa a la denunciante, así como los minutos inmediatamente anteriores y posteriores al hecho relativos a la celebración del triunfo de la selección de fútbol femenino.
Además, requiere al periódico El País el vídeo de la celebración en el vestuario que tiene colgado en Internet y al diario As el de los momentos del beso y cualesquiera otros relacionados con los hechos. Por su parte, al diario La Vanguardia el instructor solicita el vídeo de la celebración en el autobús de la Selección española de fútbol femenino.
La resolución acuerda también dar traslado a Rubiales como querellado del escrito de la Fiscalía para que conozca los hechos imputados y ejercite su derecho de defensa con todas las garantías procesales.
En los fundamentos de derecho de la resolución, el magistrado señala que la querella presentada por la teniente fiscal, Marta Durántez, relata acciones que podrían ser constitutivas de delito y apunta que el asunto es competencia de la AN puesto que son hechos acaecidos fuera del territorio nacional y que involucran a españoles.
Por eso, dispone incoar diligencias previas en su juzgado y como primeras medidas oficia a la Unidad de Policía Judicial para que se ponga en contacto con los diferentes medios a fin de que recabe el material audiovisual.
Por el momento, De Jorge no se pronuncia sobre las diligencias solicitadas por la Fiscalía, que consistían en tomar declaración tanto a Rubiales como a Hermoso, y en recabar información de las autoridades australianas sobre la tipificación de los delitos contra la libertad sexual en sus normas penales.
Este paso del magistrado llega después de que el viernes pasado trascendiera la querella de la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra Rubiales en la que señalaba que los hechos a investigar eran por un lado "el beso (que Rubiales dio) en la boca (de Hermoso) mientras agarraba con las dos manos la cabeza (...) sin el consentimiento de ésta"; y por otro "la presión constante y reiterada" que tanto la jugadora como su entorno más próximo -familiares y amistades- sufrieron por parte del presidente de la Federación y el entorno de éste "con la finalidad de que, públicamente, justificara y aprobara el acto cometido contra su voluntad".
De hecho, Durántez llegó a advertir en su escrito que la jugadora de la absoluta sufrió "una situación de hostigamiento en contra del desarrollo de su vida en paz, tranquilidad y libremente".
Cabe recordar que la querella del Ministerio Publico se presentó después de que el pasado 5 de septiembre Hermoso compareciera y formalizara su denuncia ante la Fiscalía -en la sede de la Fiscalía General del Estado-.
Previamente, la Fiscalía anunció el 28 de agosto que abría diligencias de investigación preprocesales en relación al beso al entender que podría ser constitutivo de un delito de agresión sexual. Ya entonces, acordó dirigirse a la jugadora de la absoluta para ofrecerle emprender acciones legales, algo que acabó ocurriendo.
La decisión de la Fiscalía se asentaba en las "manifestaciones públicas" realizadas por la jugadora, de las que se podía deducir que el acto sexual sufrido por la misma y llevado a cabo por Rubiales no fue consentido. "Atendido el momento extraprocesal en el que nos encontramos y lo inequívoco de sus declaraciones, es preciso determinar la trascendencia jurídica de las mismas".
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