Palo para el Atlético de Madrid: a Correa le caen 5 partidos de sanción

  • El delantero argentino del Atlético de Madrid insultó gravemente al árbitro Guillermo Cuadra Fernández en el partido del pasado domingo frente al Getafe
  • Tras ser expulsado, el argentino le dijo: "Hijo de mil putas, cagón. La concha de tu madre"
Ángel Correa
Ángel Correa |AGENCIAS

El Comité de Disciplina de la Federación Española de Fútbol ha impuesto cinco partidos de sanción al delantero argentino del Atlético de Madrid Ángel Correa, por su expulsión con roja directa ante el Getafe y los insultos que dirigió al árbitro tras ser expulsado en el minuto 87.

La sanción al internacional argentino incluye cuatro partidos por insultos, ofensas verbales y actitudes injuriosas al árbitro, por infracción del artículo 99 del Código Disciplinario de la RFEF, y uno más por la tarjeta roja que vio por producirse de manera violenta con ocasión del juego, por infracción del artículo 130.1 de esta normativa.

Correa llama árbitro: "Hijo de mil putas, cagón. La concha de tu madre”
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En ambos casos la sanción conlleva también multa accesoria en aplicación del artículo 52 del citado código.Según el acta arbitral del partido, Correa dijo al colegiado "Hijo de mil putas, cagón. La concha de tu madre", después de ser expulsado por una acción sobre Djené, en el minuto 87 del partido, con 0-1 a favor del conjunto rojiblanco, que después perdió por 2-1. La acción de Correa fue inicialmente sancionada con tarjeta amarilla, pero tras laa revisión del VAR el jugador fue expulsado con roja directa.

En defensa de Correa, el Atlético de Madrid argumentó en sus alegaciones que el argentino no fue merecedor de la expulsión y pidió que se dejara sin efectos la misma, al entender que no hizo una entrada al adversario con uso de fuerza excesiva y por ello concurre un error material manifiesto.

También planteó que las expresiones del jugador tras ser expulsado deberían considerarse como menosprecio y pidió que se aplicara la circunstancia atenuante de arrepentimiento espontáneo.

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La misma tarde del domingo Correa pidió perdón al árbitro balear Guillermo Cuadra Fernández y dijo que tuvo una reacción "no es propia" de él. "Mi respeto hacia los árbitros es total y esta reacción no es propia de mí. Estaba muy caliente por dejar al equipo con diez en un momento tan delicado y he reaccionado de la peor forma. Espero que acepte mis más sinceras disculpas", confió el jugador.

La resolución del Comité de Disciplina publicada por la RFEF desestima la petición de dejar sin efecto la expulsión, porque, según afirma, el Atlético no ha aportado elemento probatorio que pueda desvirtuar que Correa no cometió la acción descrita en el acta.

"Por el contrario, en la propia prueba videográfica aportada se aprecia cómo el jugador D. Angel Martín Correa Martínez golpea con su pie en la pierna del jugador contrario", añade tras indicar que es competencia del Comité "tomar en consideración el procedimiento o protocolo seguido para adoptar la decisión por parte del colegiado, tras consultar con el VAR", que forma parte "exclusiva de las funciones técnicas del equipo arbitral.

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El Comité tampoco considera que se pueden tener en cuenta los argumentos "exculpatorios o atenuantes" del club para "tratar de justificar el reprochable comportamiento del jugador", por mucho que el resultado del partido o su devenir "pueda provocar presión adicional, mayor tensión o nerviosismo extremo".

"Amén de la conveniencia de que tales emociones deban ser evitadas o controladas, nunca pueden justificar la cadena de graves expresiones dirigidas al árbitro como las reflejadas en el acta arbitral, ni ninguna otra falta de respeto hacia la persona y hacia la autoridad que representa el equipo arbitral", añade.

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En consecuencia, aunque el comité califica como "loable" la reacción posterior del jugador a través de sus redes sociales, "en modo alguno tales disculpas pueden tener en sentido estricto la consideración y los pretendidos efectos del arrepentimiento espontáneo como circunstancia atenuante".

"Máxime cuando este órgano disciplinario considera oportuno motu proprio imponer la sanción mínima de suspensión por cuatro partidos prevista en el citado artículo 99 del Código Disciplinario de la RFEF", concluye.