La juez no ve delito de odio en el cartel de Vox sobre los 'menas'
La magistrada considera que el partido de Rocío Monasterio ha ejercido su derecho a la libertad de expresión en el marco de la campaña de las elecciones autonómicas.
La jueza de instruccion número 53 de Madrid ha archivado las denuncias de la Fiscalía y el PSOE contra Vox por supuesto delito de odio por un cartel sobre menores extranjeros no acompañados al estimar que ha ejercido su derecho a la libertad de expresión en el marco de la campaña para las elecciones en la Comunidad de Madrid, por lo que ha decretado el sobreseimiento de la causa.
En el cartel electoral de Vox se ve en un lado a una anciana y en otro a un niño migrante con el texto "Un mena 4.700 euros al mes, tu abuela 426 euros de pensión/mes" con el lema "Protege Madrid, vota seguro".
A juicio de la magistrada en los mensajes electorales de Vox "no se aprecia la intensidad necesaria para generar un riesgo a los menores extranjeros ni a otros colectivos, requisito que exige la jurisprudencia para que exista un delito de odio".
Explica que el PSOE denuncia aspectos de la campaña de Vox que se refieren fundamentalmente a mensajes de divulgación en carteles, en su web y en las redes sociales Twitter y Facebook sobre extranjeros menores acogidos en España y otros colectivos como inmigrantes que cometan delitos, musulmanes que justifiquen la violencia contra mujeres y homosexuales, bandas callejeras y ocupas.
En este sentido la jueza considera que "el lenguaje directo utilizado por Vox en los mensajes, de gran repercusión en los medios de comunicación en el marco de la campaña electoral, no ha creado una situación de peligro y no tienen la aptitud para generar un riesgo que justifique el recurso a la violencia".
Además asegura en su resolución que "en este caso Vox ejercita el derecho a la libertad de expresión al exponer y difundir el programa del partido sobre la política de inmigración, entre otros temas, conforme a lo establecido en la Constitución".
La jueza aclara que no le corresponde analizar si los gastos que figuran en el cartel son reales y señala que es una cuestión que "carece de trascendencia a los efectos de determinar la posible comisión de las infracciones penales denunciadas".
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