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Pocos cambios pero significativos en las deducciones por alquiler. En 2011, se equipara a la de inversión en vivienda habitual, con lo que se amplían los límites para poder beneficiarse. Hasta 2010, el inquilino puede desgravar un 10% siempre que su renta no sobrepase los 12.000 euros. Ese porcentaje disminuye a medida que aumenta la base imponible, hasta desaparecer cuando se superan los 24.000 euros.

A partir de 2011, las rentas inferiores a 17.700 euros disfrutarán íntegramente de la deducción, del 10%. No se tendrá derecho a desgravarse por este concepto las bases imponibles superiores a 24.107 euros.

Para los caseros también hay cambios. Se reduce en 5 años la edad del inquilino para poder beneficiarse de las deducciones por alquiler joven. Estarán exentos de tributar aquellos propietarios cuyos inquilinos tengan entre 18 y 30 años. Como contrapartida, sólo tendrán que cotizar por el 40% de los ingresos percibidos, frente al 50% anterior.

En los casos de contratos de alquiler con derecho de compra, la adquisición debe hacerse antes de que acabe 2010 para poder beneficiarse de la deducción por inversión en vivienda habitual.