El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rectificado el fallo de la Sala de esa misma corte pronunciado en enero de 2018 y ha avalado a España en el caso de las cinco empleadas de Mercadona a las que despidieron después de ser grabadas con una cámara oculta mientras robaban.
La sentencia anterior concluyó con que los tribunales españoles no alcanzaron un equilibrio justo entre el derecho a la privacidad y la propiedad.
De esta manera, se condenó a España por no proteger la privacidad de las demandantes, pero ahora los 17 jueces que forman la Gran Sala -la más alta instancia del TEDH- han fallado de modo opuesto.
Contra este fallo no cabe recurso, por lo que España no tendrá que indemnizar a las cinco demandantes, una de ellas fallecida.
Son residentes en las localidades barcelonesas de Sant Celoni y Sant Pere de Vilamajor y pedían 4.000 euros por daños morales y en torno a 500 euros por honorarios.