Al menos un cargador eléctrico cada 60 kilómetros, impone la UE

  • Aprobada la norma que obliga a los estados miembros a contar con un mínimo de postes en calzadas nacionales y transeuropeas
Electrolinera de la Ciudad de la Imagen, en Pozuelo de Alarcón
Electrolinera de la Ciudad de la Imagen, en Pozuelo de Alarcón |TELEMADRID

Los Veintisiete han dado este martes su visto bueno final al acuerdo que obligará a que haya al menos un punto de recarga para vehículos eléctricos cada 60 kilómetros en la red básica de carreteras de la Unión Europea y cada 100 kilómetros en el resto de vías de la red integral transeuropea (RTE-T).

De este modo, los gobiernos nacionales deberán asegurar que a más tardar el 31 de diciembre de 2025 habrá puntos de carga cada 60 kilómetros en la red prioritaria con una potencia de al menos 400 kW y de al menos 150kW en su punto de salida individual.

De cara al 31 de marzo de 2027, los objetivos se elevarán a una potencia de 600kW mientras que los puntos de salida individual de al menos 150kW pasarán de uno a al menos dos.

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RECARGA RÁPIDA

Más en detalle, el acuerdo prevé que se instalen puntos de recarga rápida de al menos 150 kW para turismos y furgonetas cada 60 km a lo largo de los principales corredores de transporte de la UE antes de que empiece 2026.

También deberá haber estaciones de recarga para vehículos pesados con una potencia mínima de 350 kW cada 60 km a lo largo de la red principal de la RTE-T y cada 100 km en la red integral de la RTE-T a partir de 2025 en adelante, con una cobertura de red completa para 2030.

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HIDRÓGENO, A PARTIR DE 2030

Las estaciones de repostaje de hidrógeno que sirvan tanto a automóviles como a camiones deberán desplegarse a partir de 2030 en todos los nodos urbanos y cada 200 km a lo largo de la red básica de la RTE-T.

Los usuarios deberán, además, poder pagar fácilmente en los puntos de carga o repostaje con tarjeta o dispositivos sin contacto, sin necesidad de suscripción y con total transparencia sobre los pagos.

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Por otra parte, los puertos marítimos que reciban un número mínimo de grandes buques de pasajeros o portacontenedores deben proporcionar electricidad en tierra para dichos buques a más tardar al inicio de 2030.

Tras la adopción formal de este martes, el nuevo reglamento se publicará en el Diario Oficial de la UE después del verano y entrará en vigor el vigésimo día después de esta publicación. Las nuevas normas se aplicarán a partir de los seis meses siguientes a la fecha de entrada en vigor del reglamento.