Consumo sanciona por prácticas abusivas a cinco aerolíneas, que consideran "ilegal" la multa

  • La sanción global es de 179 millones de euros, siendo la más elevada para Ryanair, con más de 100 millones
  • Entre las prácticas sancionadas se encuentran exigir el pago de un suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina o imprimir el billete en la terminal cuando no disponen de él
Mostrador de Ryanair
Mostrador de Ryanair |EFE

El Ministerio de Consumo de Pablo Bustinduy ha sancionado por un importe de 179 millones de euros a cinco aerolíneas (Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea) por prácticas abusivas, como cobrar suplementos por el equipaje de mano o por reservar asientos contiguos para acompañar a personas dependientes.

La sanción más elevada es para Ryanair con 107.775.777 euros, seguido de Vueling, con 39.264.412; Easyjet, con 29.094.441; Norwegian, con 1.610.001 euros, y Volotea con 1.189.000 euros, según fuentes del ministerio.

Se trata de la primera ocasión que se da firmeza a sanciones calificadas como muy graves por parte de la Administración General del Estado en el ámbito de consumo, cuyo ministerio adquirió competencia sancionadora en junio de 2022.

Las sanciones incluyen además la prohibición expresa de continuar con las prácticas que han sido sancionadas.

En concreto, lo han sido por exigir el pago de un suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina, de un sobrecoste sobre el precio del billete por la reserva de asientos contiguos en el caso de menores y personas dependientes y de sus acompañantes y por no permitir el pago en metálico en los aeropuertos españoles.

También por imponer una tasa desproporcionada y abusiva a los pasajeros por la impresión de la tarjeta de embarque, omisiones engañosas de información y falta de claridad en los precios publicados tanto en su propia web como de terceros, dificultando la comparabilidad de ofertas de precios a las personas consumidoras y la toma de decisión por estas.

Vuelven las restricciones a los líquidos en los aviones
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En el caso de la aerolínea Ryanair además se sanciona una práctica por la cual se cobra una cantidad desproporcionada a los usuarios y a las usuarias por imprimir el billete en la terminal cuando no disponen de él.

El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, ha asegurado respecto a las sanciones a cinco aerolíneas por prácticas abusivas que "ninguna compañía por grande y poderosa que sea está por encima de la ley".

"No puede haber modelos de negocio que estén basados en la vulneración de los derechos de los consumidores o en prácticas abusivas, y es obligación de este Ministerio velar por la defensa de los derechos de los consumidores. Es lo que estamos haciendo, es lo que hemos hecho al imponer estas sanciones y es lo que vamos a seguir haciendo en todas nuestras actuaciones", ha aseverado Bustinduy en la sede de su departamento.

Las compañías pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. Una vez transcurrido este plazo, si las compañías no han presentado un recurso ante la justicia, la orden será efectiva.

"Ilegal", para las aerolíneas

La Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha tachado de “sinsentido” la multa del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 a compañías de bajo coste por cobrar por llevar el equipaje de mano en la cabina, ya que asegura que es “manifiestamente ilegal” y supone un agravio comparativo respecto al resto de países.

ALA considera que la sanción no se puede aplicar hasta que no haya una resolución judicial y que la decisión del Gobierno sitúa a España como el único país de la UE donde se quiere prohibir las prácticas de cobro por equipaje en cabina, “lo que, además de ser una injerencia ilegal y atentar contra la libertad de mercado, supone un agravio comparativo respecto a los países de nuestro entorno donde esta práctica no está vetada”.

Las aerolíneas aseguran que seguirán cobrando por las maletas de mano hasta que la multa de Consumo sea firme
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ALA insistió en un comunicado en que cobrar por llevar el equipaje de mano en la cabina es legal y está avalado por el Reglamento de la UE 1008/2008 y confirmó que las compañías aéreas afectadas recurrirán ante la jurisdicción contencioso administrativa “la decisión del ministro de Consumo, al ser manifiestamente ilegal, inexplicable y que puede llegar a perjudicar gravemente y de forma irreversible a muchos pasajeros”.