El Gobierno suprime el IVA del aceite de oliva y alimentos básicos hasta septiembre y lo fija al 2% hasta diciembre
Aprueba una bajada del IRPF para rentas bajas: quienes cobren hasta 15.876 euros anuales -es decir, el salario mínimo interprofesional- no tendrán que tributar
El Gobierno ha aprobado este martes la rebaja del IVA al 0% en los alimentos básicos --pan, huevos, verduras o fruta-- y en el aceite de oliva hasta el 30 de septiembre, mientras que el tipo subirá al 2% desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre, coincidiendo con que la previsión de la inflación de los alimentos durante el último trimestre se va a ver moderada a la baja.
La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha detallado en la rueda de prensa del Consejo de Ministros el real decreto aprobado este martes por el que se prorrogan medidas para afrontar las consecuencias económicas, también las sociales, derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo.
Una importante novedad de este decreto es que el IVA del aceite de oliva, donde ya se había producido una rebaja del 10 al 5%, pasará al 0% desde el 1 de julio y se mantendrá así hasta el 30 de septiembre.
Después se situará en el 2% entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
Además, la ministra de Hacienda ha anunciado que este producto a partir de ahora va a formar parte de la cesta de productos y alimentos básicos, por lo que tendrá siempre un tipo superreducido.
El tipo superreducido en España es del 4%. Esto significa que cuando los tipos vuelvan a la normalidad, el IVA del aceite de oliva será el 4% en vez del 10% que venía soportando durante todo este periodo anterior.
Asimismo, se prorroga también hasta el 30 de septiembre los tipos del 5% del IVA para la pasta y los aceites de semilla. A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Europea para la retirada gradual de medidas anticrisis, el tipo se situará en el 7,5%.
Rebaja del IRPF a 5,2 millones de personas
Otra de las medidas que se recogen en el decreto es la rebaja del IRPF, que va a evitar que las personas que cobren el salario mínimo interprofesional tributen en el impuesto sobre la renta.
El Gobierno ya modificó anteriormente el reglamento del IRPF para evitar que estos trabajadores tuvieran ya desde este año 2024 retenciones en sus nóminas mensuales y lo que el Ejecutivo hace ahora es incluir la medida en la propia ley del IRPF.
El año pasado se elevó este umbral mínimo para practicar retenciones de 14.000 a 15.000 euros. Ahora se vuelve a incrementarlo hasta el 15.876 euros, es decir, el equivalente al salario mínimo interprofesional en cómputo anual. "Por tanto, los trabajadores que reciban este salario no tendrán retenciones del IRPF ni tendrán que pagar posteriormente", ha remarcado la ministra.
Sin embargo, los colectivos que se benefician por esta medida son más amplios, dada la propia progresividad del impuesto, alcanzando la mejora hasta las rentas que llegan a los 22.000 euros.
Con todo, y según Montero, esta rebaja del IRPF beneficia a 5,2 millones de contribuyentes, especialmente son asalariados y pensionistas con rentas bajas y medias que lograrán un ahorro de 1.385 millones de euros.
Así, la suma de las medidas fiscales incluidas en este real decreto, tanto el IVA como el IRPF, suponen para las familias un ahorro de 3.000 millones de euros al año.
"O dicho de otra forma, las rentas bajas y medianas pagarán menos impuestos con el gobierno progresista que lo que hacían con el gobierno del Partido Popular", ha enfatizado la ministra.
En relación con los colectivos vulnerables el Gobierno ha extendido la vigencia del escudo social, que incluye hasta final de año prohibición de corte de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables y la extensión de los descuentos del bono eléctrico hasta el 30 de junio del año 2025, es decir, hasta que pase el invierno próximo. Además, en el ámbito de la tarifa de últimos recursos de la TUR de gas natural, el decreto concede el carácter indefinido.
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