Gobierno central y agentes sociales llegan a un acuerdo sobre la ley de 'riders'
Duramente criticado por las plataformas que tendrán tres meses para regularizar a sus trabajadores
El Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme han alcanzado este miércoles un acuerdo para regular la situación laboral de los trabajadores que reparten o distribuyen cualquier producto a través de plataformas digitales, conocidos como 'riders', según han informado las tres partes en un comunicado conjunto.
Un acuerdo duramente criticado por las plataformas que tendrán tres meses para regularizar a sus trabajadores. Tampoco la nueva Ley convence a una parte de los 30.000 riders que prefieren ser autónomos.
Desde este jueves en sus mochilas llevan, un contrato, seguros, jubilación, derecho a paro. Los riders serán asalariados y no falsos autónomos.
Protestas
Los repartidores han mostrado su decepción y se sienten "ninguneados", después de que anoche el Gobierno y los agentes sociales alcanzaran un acuerdo en la denominada 'Ley rider', según han informado las asociaciones RepartidoresUnidos.org y APRA, que consideran que este acuerdo "es inadmisible" al no contar con ellos.
Hasta en tres ocasiones han salido a la calle pero para protestar. Se sienten ninguneados por no haber participado en las negociaciones. “Vale, seguro contrato, pero qué pasa si quiero ganar más dinero”.
Las plataformas, como Glovo o Uber cargan las tintas contra la CEOE por haber cedido en eso que para la minsitra.
Los sindicatos tendrán derecho a acceder al algoritmo de la plataforma digital que afecte a las condiciones laborales de los trabajadores. El objetivo, intentar evitar discriminaciones entre los riders.
En línea con la sentencia
Trabajo y los agentes sociales han indicado que en el texto acordado se reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.
Además, el acuerdo, que se circunscribe al colectivo de repartidores, contempla que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.
En concreto, el texto dice que se recogerá en el Estatuto de los Trabajadores que las empresas deberán informar de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y el mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.
El texto del acuerdo señala que el Real Decreto-Ley que recoge la norma entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
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