La Seguridad Social niega que 30.000 muertos cobren pensión
Contradice al Tribunal de Cuentas que señala que 29.321 pensionistas fallecidos siguieron cobrando en 2014
El informe del Tribunal asegura que un 95% de los fallecidos en 2014 seguía cobrando en 2015
La Seguridad Social ha desmentido "rotundamente" que 30.000 personas fallecidas estén percibiendo una pensión pública, como afirma un informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas referido a 2014 y aprobado por el Pleno del Tribunal.
Según este informe, el Tribunal de Cuentas ha detectado que 29.321 pensionistas supuestamente fallecidos siguieron cobrando su pensión en 2014 por un importe de, al menos, 25,3 millones de euros sólo en la nómina de diciembre de ese año. Además, el 95 % de los fallecidos (un total de 27.860) seguía cobrando la pensión en octubre de 2015.
PROCEDIMIENTO CON GARANTÍAS
En nota de prensa, el Ministerio de Empleo ha explicado que el control de las defunciones se hace por cuatro vías complementarias.
Intercambio diario y automático de datos de defunciones con el Ministerio de Justicia y mensual con el Instituto Nacional de Estadística, detección de fallecimientos por las direcciones provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y presentación anual de fe de vida para residentes en el extranjero.
Además, según ha informado Empleo, del total de defunciones en España en 2014 (395.830) el 95 % de las misas fueron comunicadas por el Ministerio de Justicia al INSS a través del intercambio electrónico diario con un desfase inferior a seis días entre la fecha de defunción y la de la comunicación. El 5 % restante se detecta a través del INE.
El Ministerio de Empleo ha hecho hincapié en que este procedimiento garantiza el máximo rigor en el abono de las pensiones, por lo que "el riesgo de falta de detección del fallecimiento de un beneficiario de pensión es prácticamente nulo o inexistente".
Asimismo, ha recordado que de producirse un abono indebido de una prestación por cualquier causa, la Seguridad Social puede reclamar su devolución, lo que garantiza en todo momento la protección de los recursos públicos.
El "Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control de los deudores por prestaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social, ejercicio 2014", aprobado por el Pleno del Tribunal, alerta de "deficiencias" en el control de la Seguridad Social en el fallecimiento de pensionistas cuya prestación se seguía pagando y en el "elevadísimo" nivel de error por parte del INE en la identificación de los muertos.
ERRORES, LAGUNAS Y CARENCIAS
El Tribunal de Cuenta detecta estos errores al cruzar los datos de beneficiarios de las prestaciones y decesos registrados en el INE. En su análisis el Tribunal también ha observado una "deficiente comunicación" entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la Tesorería.
El Tribunal advierte de "lagunas" en el control que el INSS realiza sobre el fallecimiento de los perceptores de una pensión, debido, sobre todo, a las "carencias" de la información que remiten la Dirección General de los Registros y del Notariado y el INE.
También se achaca a los criterios establecidos por el INSS para efectuar el cruce informático, "que no garantizan que a partir de la información disponible se detecten y se den de baja a todos los pensionistas fallecidos".
El Tribunal afirma que el INSS no tiene establecido un control de vivencia de los beneficiarios de una pensión "y las entidades financieras colaboradoras en el abono de las pensiones tampoco efectúan de manera sistemática dicho control".
Estas "lagunas" han determinado que durante el periodo 2012-2014 haya prescrito el derecho a reclamar las deudas por un importe de, al menos, 10,28 millones de euros.
Por ello, el Tribunal insta a las entidades financieras a que efectúen un control de vivencia de los pensionistas y que remitan la correspondiente comunicación, y a las direcciones provinciales a que realicen de manera sistemática un control, al menos trianual, con el fin de interrumpir el plazo para que opere la prescripción.
RECLAMACIÓN POR LOS COBROS INDEBIDOS
En relación a la detección de los deudores por cobros indebidos de prestaciones, se señala que se estaban reclamando con dos años de retraso los complementos a mínimos de las pensiones percibidos indebidamente por incompatibilidad con los ingresos del beneficiario.
Según señalan, esto supone un riesgo de cobro indebido del complemento a mínimos en los años sucesivos, ya que la normativa vigente no permite la suspensión cautelar en los casos de reincidencia.
Además concluyen que el INSS no disponía, durante el periodo fiscalizado, de un manual interno para la tramitación de los cobros indebidos de prestaciones que contemplase aspectos como criterios de gestión, controles a realizar, forma de efectuar estimaciones y cálculos, custodia de la documentación, fuentes de datos disponibles, etc.
Por otro lado, al parecer no hay un criterio uniforme en las distintas direcciones provinciales ante supuestos idénticos o muy similares, debido a que la Dirección General no homogeneiza ni coordina las actuaciones "más allá de dictar instrucciones sobre aspectos parciales de la misma", dice el informe.
Asimismo, el inventario de deudores por prestaciones del INSS a 31 de diciembre de 2014 presenta una serie de incidencias como la omisión de la fecha de resolución de expedientes que ya han sido resueltos, la inclusión de expedientes sin saldo inicial de deuda ni movimiento en el ejercicio, entre otras.
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