Condena a España por limitar la indemnización por despido improcedente | EUROPA PRESS
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El Comité Europeo de Derechos Sociales ha fallado contra España, por 13 votos a 1, por su regulación de la indemnización por despido improcedente al considerar que "viola" el artículo 24 de la Carta Social Europea.

La resolución del Comité, adelantada por UGT hace unos días y cuyo contenido íntegro se ha conocido este lunes, establece que la indemnización por despido improcedente debe ser disuasoria para que el empresario no incumpla la ley y ser resarcitoria para el trabajador despedido.

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En España, el límite máximo de la indemnización en caso de despido improcedente no puede exceder de 33 días de salario por año de servicio, con un límite máximo de 24 mensualidades. En caso de despido por causas objetivas y despido colectivo por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, el tope máximo no puede superar los 20 días de salario por año trabajado, con un límite máximo de 12 mensualidades.

Aunque el Gobierno español defiende ante el Comité que uno de los objetivos de establecer en la legislación límites máximos de remuneración es el de proporcionar una mayor seguridad jurídica a ambas partes del contrato de trabajo, el organismo europeo señala que "no puede excluirse que la indemnización predeterminada pueda servir más bien como un incentivo para que el em

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pleador despida a los trabajadores de manera injusta".

"De hecho, en ciertos casos, los límites máximos de indemnización podrían inducir a los empleadores a realizar una estimación pragmática de la carga financiera de un despido improcedente sobre la base de un análisis de costes y beneficios. En algunas situaciones, esto podría fomentar despidos improcedentes", subraya el Comité.

Al mismo tiempo, la resolución del organismo, que da la razón a UGT en su denuncia contra el Gobierno español, afirma que los límites máximos fijados por la legislación española "no son lo suficientemente elevados para reparar el daño sufrido por la víctima en todos los casos y para disuadir al empleador".

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha afirmado este lunes que España tiene la obligación de cumplir con la resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales, que ha fallado contra la legislación española del despido improcedente por considerar sus indemnizaciones insuficientes.

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En declaraciones a la prensa tras la reunión de la mesa de reducción de jornada, Pérez Rey ha subrayado que el Gobierno va a cumplir con esa resolución europea estableciendo, en el diálogo social, "una fórmula de despido que garantice que sea disuasorio para evitar despidos por capricho y que sea consecuente con los despidos sin causa".