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El ex primer ministro italiano Silvio Berlusconi mantuvo relaciones sexuales con la joven marroquí Karima El Marough, conocida como Ruby, a cambio de dinero, y sabía que era menor de edad, según los jueces.

Éstas son las conclusiones incluidas en las motivaciones de la sentencia con la que un Tribunal de Milán condenó el pasado 24 de junio a Berlusconi, en primera instancia, a siete años de cárcel y a la inhabilitación de por vida del ejercicio de un cargo público por los delitos de abuso de poder e incitación a la prostitución de menores, en el llamado caso Ruby.

"Resulta probado que el imputado mantuvo relaciones sexuales con Karima El Marough a cambio de ingentes cantidades de dinero y otras utilidades, como joyas", afirmaron las juezas encargadas de seguir el caso.

Asimismo, las magistradas indicaron a Berlusconi como el "director" del "bunga bunga", nombre con el que se denominaron las fiestas de índole sexual que se celebraron en la residencia privada del ex mandatario en Arcore, cerca de Milán, y que, según algunos testigos, consistían en una cena y un posterior espectáculo con diferentes jóvenes.

LAS PRUEBAS DEL DELITO

Las juezas establecieron que la prueba de que Berlusconi sabía que Ruby era menor de edad se desprende de la llamada que el ex primer ministro hizo a una comisaría de Milán entre el 27 y el 28 de mayo de 2010 para lograr que Ruby, que había sido detenida por un pequeño robo, fuera liberada, para lo que alegó que se trataba de la sobrina del entonces presidente egipcio Hosni Mubarak.

"La prueba de que Berlusconi sabía se extrae de forma lógica a raíz de su comportamiento, tras el control que se realizó a Karima en la comisaría de Monforte-Vittoria", afirman en sus motivaciones de la sentencia.

Consideran que las presiones que ejerció Berlusconi en el caso de la comisaría tenían como objetivo el de "protegerse" y evitar que Ruby "desvelara la actividad de prostitución".

Acusan además al político conservador de manipular de forma sistemática las pruebas del proceso.

"El Tribunal considera que debe tener en cuenta la capacidad de delinquir del imputado, derivada de la conducta subsiguiente a los delitos, consistente en actividades sistemáticas de contaminación de las pruebas a partir del 6 de octubre, llevada a cabo con la entrega de ingentes cantidades de dinero a Karima El Marogh y a otras testigos" en el proceso, afirman.

Los medios de comunicación han podido tener finalmente acceso a las motivaciones de la sentencia, tras una negativa inicial de la presidenta de la Cuarta sección penal del Tribunal de Milán, Giulia Turri, que había denegado la autorización.