El Gobierno recurrirá el fallo de Estrasburgo contra la doctrina Parot

  • El Gobierno dice que la etarra no saldrá de prisión porque se fugaría
  • La 'doctrina Parot' fue avalada por el Tribunal Constitucional en marzo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha condenado a España a pagar una indemnización de 30.000 euros por daños morales a la etarra Inés del Río Prada por aplicarle la 'doctrina Parot' de forma "retroactiva" y le ha instado a ponerla en libertad "en el plazo de tiempo más breve posible".Se trata de la primera vez que Estrasburgo se pronuncia sobre la denominada 'doctrina Parot', que el Tribunal Supremo estableció en 2006 para determinar que los beneficios penitenciarios a los que accede un recluso deben aplicarse individualmente sobre cada una de las penas por las que haya sido condenado y no sobre el límite máximo de estancia en prisión de 30 años.

Los magistrados de la Sección Tercera del TEDH admiten con esta decisión el recurso presentado por la defensa de Del Río, condenada a más de 3.000 años de cárcel por varios asesinatos terroristas, entre ellos el que costó la vida a 12 policías en la plaza de la República Dominicana de Madrid en 1986, y miembro de uno de los más sanguinarios 'comandos Madrid' de la historia junto a José Ignacio de Juana Chaos.

El TEDH desautoriza por unanimidad la decisión de la Audiencia Nacional de retrasar la salida de prisión de Del Río desde el 2 de julio de 2008 hasta el 27 de junio de 2017, al considerar que España vulneró el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que no puede existir una pena sin ley que la avale, el artículo 5.1, que contempla el derecho a la libertad y la seguridad.

Además, los magistrados de la Sección Tercera, que preside el andorrano Josep Casadevall, dan al Estado español un plazo de tres meses para indemnizar a la etarra y le imponen la obligación de pagarle otros 1.500 euros en concepto de costas procesales.

LA 'PAROT' ES LEGAL SI NO SE APLICA CON RETROACTIVIDAD

La sentencia constata que la nueva jurisprudencia del Supremo "ha vaciado de sentido los beneficios penitenciarios por trabajo a aquellas personas condenadas en virtud del antiguo Código Penal de 1973" y señala que en el caso de Del Río "este giro jurisprudencial se ha producido después de la entrada en vigor del nuevo Código Penal de 1995".

A este respecto, el TEDH sostiene que los Estados son "libres de modificar su política penal, sobre todo al reforzar la represión de crímenes y delitos" pero añade que "las jurisdicciones internas no deberían aplicar retroactivamente y en detrimento del penado los cambios legislativos realizados después de la comisión de la infracción". "La aplicación retroactiva de las leyes penales posteriores sólo se puede admitir cuando el cambio legislativo sea favorable al acusado", añade.

De esta forma, el tribunal constata que la jurisprudencia del Supremo ha provocado "el alargamiento retroactivo de la pena que la recurrente debía cumplir en casi nueve años", en la medida en la que los beneficios penitenciarios con los que se habría podido beneficiar han resultado "completamente inoperantes, teniendo en cuenta la duración de las penas a las que había sido condenada".

LA PRIVACION DE LIBERTAD "NO ES REGULAR"

En relación con la violación del artículo 5.1, que establece el derecho a la libertad y la seguridad, la sentencia establece que, desde el 3 de julio de 2008, la privación de libertad de Del Río "no es regular".

Lo argumenta la Sección Tercera indicando que la etarra "no podía en la época de los hechos prever de forma razonable que la duración efectiva de su privación de libertad se prolongaría más de nueve años". En concreto, la etarra, según dice el TEDH, "no podía prever en el momento en el que todas sus condenas fueron acumuladas que el método de cálculo de las redenciones sería objeto de un giro jurisprudencial del Tribunal Supremo y que éste sería aplicado de forma retroactiva".

Curiosamente. el que fuera secretario de Estado de Justicia entre 2004 y 2007, Luis López Guerra, y en cuyo mandato el Tribunal Supremo estableció la 'doctrina Parot', es uno de los ocho magistrados del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que ha condenado a España a indemnizar a la etarra Inés del Río por aplicarle esta jurisprudencia de forma "retroactiva".

López Guerra, que también fue diputado del PSOE en la Asamblea de Madrid, ocupó este alto cargo en el departamento que dirigía el ministro Juan Francisco López Aguilar cuando el Supremo determinó que los beneficios penitenciarios a los que accede un recluso deben aplicarse individualmente sobre cada una de las penas por las que haya sido condenado y no sobre el límite máximo de estancia en prisión de 30 años.

El magistrado fue elegido como miembro del TEDH en octubre de 2007 por una amplia mayoría de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (APCE) en sustitución de Javier Borrego.

EL GOBIERNO RECURRIRÁ Y DICE QUE LA ETARRA NO SALDRÁ DE PRISIÓN PORQUE SE FUGARÍA

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha anunciado hoy que el Gobierno no dejará en libertad a la presa etarra Inés del Río, pese a que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha exigido a España su excarcelación al considerar que se le aplicó la doctrina Parot de forma "irregular".En declaraciones a los periodistas antes de clausurar la Conferencia de Alto Nivel sobre Víctimas del Terrorismo, Fernández Díaz ha avanzado que el Gobierno recurrirá la sentencia ante la Gran Sala del TEDH, a la que pedirá que suspenda la ejecución del fallo sobre la base de la "irreparabilidad" de la sentencia y porque "sin lugar a dudas se fugaría".

Fernández Díaz ha calificado de "absolutamente lamentable" que el tribunal europeo haya hecho pública la sentencia el mismo día en el que se cumple el quince aniversario del secuestro y posterior asesinato del concejal del PP de Ermua Miguel Ángel Blanco. El Estado tampoco pagará los 30.000 euros de indemnización que fija la sentencia de la corte europea y se limitará, en el caso de que pierda el recurso, a descontárselos de la "inmensa responsabilidad civil" que la etarra debe por los más de veinte asesinatos que tiene a sus espaldas.

Fernández Díaz ha querido dejar claro que la corte europea no ha derogado en ningún caso la "doctrina Parot" sino que se ha limitado a resolver un caso concreto, el de la etarra Inés del Río, condenada a más de 3.000 años de cárcel. "No se ha pronunciado sobre la doctrina Parot para lo que no es competente", ha subrayado el titular de Interior, que ha recordado que el Tribunal Constitucional (TC) avaló su aplicación el pasado mes de marzo.

RUÍZ GALLARDÓN ANUNCIA UN RECURSO "EN BREVE" CONTRA LA DECISIÓN DEL TEDH

El ministro de Justicia, Alberto Ruíz Gallardón, ha anunciado hoy la interposición de un recurso "en el plazo más breve posible" y "sin agotar los tres meses" previsto, contra la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de pedir a España la excarcelación de la etarra Inés del Río.

Ruiz Gallardón precisó que el recurso será interpuesto ante la Gran Sala del TEDH y destacó que la decisión es "contraria" a la doctrina aplicada por la Audiencia Nacional y por el Tribunal Constitucional. El ministro hizo estas declaraciones en Santiago de Compostela poco antes de entrevistarse con el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo.

EH BILDU CREE QUE EL ESTADO DEBE HACER "UNA REFLEXIÓN

El dirigente de Alternatiba y miembro de EH Bildu, Oskar Matute, considera que el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), sobre el caso de la activista de ETA Inés del Río, debería servir para que el Estado hiciera "una reflexión profunda" que derive en "un cambio en la política penitenciaria", lo que "coadyuvaría de manera importante y nítida a un afianzamiento de una nueva situación política y de un clima más favorable para la resolución del conflicto".

En declaraciones a los medios en San Sebastián, Matute, acompañado de los miembros de EH Bildu, Joseba Permach, Ainhoa Beola e Iñaki Ostolaza, ha considerado la sentencia del TEDH "una buena noticia" que tendría que servir "para resarcir el daño causado a todas las personas que se han visto afectadas por la aplicación de la Doctrina Parot".

REACCIONES PARTIDOS

Por su parte, el portavoz del grupo popular en el Congreso, Alfonso Alonso, ha advertido hoy a Amaiur, y en especial a su portavoz en la Cámara Baja, Xabier Mikel Errekondo, de que no se "haga ninguna ilusión sobre la doctrina Parot" porque está vigente.

En rueda de prensa posterior a la reunión de la Junta de Portavoces, Alonso ha asegurado, en relación a la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos en la que exige la excarcelación de la etarra Inés del Río Prada y una indemnización de 30.000 euros al habérsela aplicado dicha doctrina, que en el fallo no se habla de la constitucionalidad o no de la misma, por lo que ha exigido a Errekondo que "no haga extrapolaciones".

También ha recordado que la sentencia del Tribunal de Estrasburgo no corrige a ninguna del Constitucional español, que en su día no admitió el recurso de amparo contra la aplicación de la 'doctrina Parot' que presentó la etarra.

El portavoz popular ha expresado su indignación al afirmar de forma tajante que lo que le alegraba al portavoz de Amaiur es la posible salida a la calle de una terrorista con veinte asesinatos a sus espaldas.

Precisamente, sobre esta cuestión, ha afirmado que le consta que el Gobierno va a tomar una serie de medidas para evitar la excarcelación de Inés del Río Prada, como la petición de la suspensión de la ejecución de la sentencia y la presentación de un recurso ante la Gran Sala.

EL PNV CELEBRA LA SENTENCIA

Mientra stanto, el portavoz del PNV en el Congreso, Josu Erkoreka, ha celebrado la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo cuestionando la llamada 'doctrina Parot', pues considera que esa aplicación de medidas restrictivas a presos condenados vulnera el principio constitucional de irretroactividad de las leyes.

En declaraciones en el Congreso, Erkoreka ha señalado que el Tribunal de Derechos Humanos confirma la tesis que ha venido sosteniendo el PNV desde el principio contra la 'doctrina Parot' porque "supone una aplicación retroactiva de normas penales no favorables, algo que está proscrito desde siempre en el derecho penal y expresamente excluido por la Constitución".

A su juicio, la sentencia es "un paso adelante en la salvaguarda de los derechos fundamentales", mas allá de que algunas formaciones políticas, en alusión a la izquierda abertzale, puedan aprovecharla para sus estrategias en relación con los presos de ETA.