| Telemadrid
(Actualizado

Ya esta abierto el plazo, hasta el 16 de mayo, para solicitar las ayudas al alquiler de la Comunidad de Madrid, dotadas con 17 millones de euros y de la que pueden beneficiarse alrededor de 7.000 familias. También se pueden solicitar ya las destinas a rehabilitación edificatoria.

La cuantía de la ayuda será del 40% de la renta anual del alquiler, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. La renta actualizada a pagar debe ser igual o inferior a los 600 euros mensuales.

Se podrán presentar personas mayores de edad con nacionalidad española o de alguno de los países de la UE y del Espacio Económico Europeo, que sean titulares de un contrato de alquiler de su vivienda habitual en la región.

El procedimiento de concesión será por concurrencia competitiva, determinados en función de los ingresos de la unidad de convivencia establecidos en la orden, ha indicado hoy la Comunidad de Madrid en un comunicado.

El Gobierno regional ha puesto al servicio de los interesados en las Ayudas al Alquiler 2017 un simulador que les ayudará a calcular, en función de su renta y características familiares, si se encuentran o no dentro del cupo de posibles beneficiarios. Está disponible tanto en el Portal de Vivienda como en el Portal Ciudadano de la web www.madrid.org.

Con su uso el Gobierno autonómico busca evitar una masificación de solicitudes, algunas de las cuales no reúnen de entrada los requisitos previos.

Las subvenciones para rehabilitación edificatoria, enmarcadas en el Plan de regeneración urbana 2013-2016, al que este año se dota con una partida de 14,1 millones de euros, lo que hace que el presupuesto total ascienda a 38,5 millones, pueden solicitarse hasta el 20 de junio inclusive.

Estas ayudas buscan financiar obras de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamientos propios, así como en los elementos y espacios privativos comunes, en edificios de tipología residencial colectiva anteriores a 1981.

Al menos 70% de la superficie construida sobre rasante deberá tener uso residencial y ser el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Las actuaciones podrán incluir mejoras de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas energéticos eficientes o con energías renovables, el ahorro de agua, la instalación de ascensores o salvaescaleras y productos que permitan el acceso a las personas con discapacidad.

La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local, cifra que será de 12.100 euros cuando se trate de edificios declarados bienes de interés cultural, catalogados o que cuenten con protección integral.

La subvención por edificio no podrá superar el 35% del coste subvencionable de la actuación. Sin embargo, esta cifra podrá alcanzar el 50% de la ayuda en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad.