Archivan la investigación a la alcaldesa de Móstoles y a sus ediles por el 'Caso ITV'
La jueza asegura que no hay delito de malversación
El juzgado de Instrucción número 1 de Móstoles ha acordado el archivo del llamado Caso ITV, donde estaban siendo investigados la alcaldesa, Noelia Posse (PSOE), y gran parte de los miembros de su Ejecutivo local por la condonación de una deuda a la empresa ITV Móstoles S.L.
En el auto, al que ha tenido acceso Efe, la magistrada acuerda el sobreseimiento provisional de esta causa, que afectaba a Posse y a otros siete ediles del Gobierno municipal, al justificar que "en ningún momento ha existido voluntad por parte de la Junta de Gobierno Local de causar un perjuicio para las arcas públicas".
En su resolución, contra la que cabe recurso de reforma, la jueza al cargo de la investigación aclara que no hay delito de malversación en el acuerdo que alcanzó la Corporación municipal en relación a la empresa de ITV señalada en la querella porque éste "respeta la legalidad y la normativa vigente".
Además, afirma que, gracias al acuerdo por el que fueron denunciados todos los componentes de la Junta de Gobierno local, "se evitó que la mercantil querellada fuera declarada en concurso de acreedores, con el perjuicio que ello hubiera supuesto".
En la misma línea, la magistrada concluye que tampoco nos encontramos ante un presunto delito de prevaricación, ya que, a su juicio, la existencia de informes desfavorables al acuerdo alcanzado "no es motivo suficiente para considerarse que estamos en presencia de hechos penalmente relevantes".
De hecho, asegura que los propios querellantes "en ningún momento impugnaron en vía administrativa lo que devino en firme", sino que interpusieron una querella, algo "meramente instrumental para intentar conseguir lo que no se hizo utilizando el procedimiento legalmente establecido".
La querella que dio pie a la investigación fue interpuesta en febrero de 2021 por los dos ediles de Más Madrid, Susana García y Gabriel Ortega, al entender que el Ayuntamiento "perdonó el cobro de las tasas" que suponen la utilización de suelo público para que la citada empresa desarrollara su actividad en la localidad.
En la misma, los ediles de Más Madrid aseguraban que la decisión de no cobrar la deuda responde al "mero capricho de la sociedad y de la Junta de Gobierno del ayuntamiento, así como del tesorero" que atendieron "al interés de la empresa privada" y no al de la administración pública.
"La necesidad de la Administración era el cobro de la deuda contraída por la sociedad y no la condonación de más de la mitad de la deuda, el aplazamiento sin garantías e intereses de la deuda no condonada y la reducción del canon para los próximos 20 años", añadían en su escrito.
Sin embargo, la jueza insiste en que "ha quedado acreditado, pese a lo que dicen los querellantes, que el acuerdo alcanzado era favorable para las arcas públicas".
En este sentido, reitera que el acuerdo alcanzado "era el mal menor", ya que "si la mercantil ITV Móstoles S.L. hubiera sido declarada en concurso de acreedores el Ayuntamiento de Móstoles hubiera tenido serias dificultades para hacer valer su derecho de crédito frente a otros créditos privilegiados".
"Con el acuerdo alcanzado, que como ya hemos explicado era legal y está permitido tanto por la Ley concursal como por la LGT, se aseguraban el pago del 50% de la deuda pendiente, a razón de 30.000 euros al año hasta 2040 así como que se continuara abonando el canon reducido a razón de 60.000 euros al año", concluye.
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