La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso que presentó la Federación Profesional del Taxi de Madrid contra la negativa de un juez de lo Mercantil de apreciar competencia desleal en Cabify en materia de contratación de servicios mediante vehículos de arrendamiento con conductor.
Así se establece en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que los magistrados confirman la sentencia dictada en junio de 2017 por el Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid. El juez estimó que las normas supuestamente infringidas no imponen obligaciones a la empresa demandada, sino a los titulares de licencias VTC.
El juez de instancia estableció que la empresa Maxi Mobility no ejercite su actividad, a través de la plataforma Cabify, en régimen de competencia desleal, dada su condición de mera mediadora entre el cliente y el conductor del vehículo. Los magistrados ratifican también que Maxi Mobility obtenga una ventaja competitiva frente a sus competidores al utilizar la citada plataforma.
En su demanda, los taxistas acusaban a la compañía de competencia desleal y violación de las normas de transporte. Ahora, el colectivo es condenado al pago de las costas.
Nueva demanda
Precisamente este viernes más de 700 taxistas de todo el país, vinculados a la Plataforma Integral del Taxi (PIT), han presentado una demanda civil millonaria contra varias plataformas y empresas del sector de los vehículos de alquiler con conductor (VTC) por competencia desleal y preparan otras querellas contra personas jurídicas por blanqueo de capitales, estafa o manipulación del precio de las cosas mediante engaño.