La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado el archivo de la querella contra la presidenta del Gobierno regional, Cristina Cifuentes, por las cargas policiales que se produjeron en la Marcha de la Dignidad el 22 de marzo de 2014 cuando era delegada del Gobierno en la capital.
En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia de Madrid ha desestimado el recurso de apelación que presentaron los 12 colectivos sociales vinculados a la organización de la marcha al entender que los hechos no son constitutivos de "infracción penal".
El tribunal ha seguido el criterio del juzgado número 15 de Madrid que archivó el pasado 13 de junio la querella al entender que la Policía no incurrió en prevaricación ni cometió delitos contra las garantías constitucionales en aquella manifestación, como sostenían los querellantes. Así, los magistrados han puesto fin punto y final a una causa contra cuyo archivo no cabe recurso.
Durante la noche del 22 de marzo de 2014 resultaron heridos hasta 67 agentes policiales y se detuvo a 29 personas por los altercados que se produjeron en la Plaza de Colón y en el Paseo de Recoletos tras las marchas.
En relación a las cargas policiales que se produjeron durante las marchas, el tribunal considera que la finalidad de los agentes "no era el impedir la reunión ni disolverla" y se hace eco de la sentencia del titular del juzgado número 15 de Madrid para decir que los agentes respetaron "el legítimo derecho a manifestarse de los ciudadanos".
Y se remite -como ya hizo el juez- a la ley de Seguridad Ciudadana para justificar la identificación policial a manifestantes y rechaza los argumentos de los querellantes sobre este aspecto y la disolución de la manifestación al considerar que en ningún modo estas actuaciones fueron arbitrarias.
Según los recurrentes, a la manifestación acudieron casi dos millones de personas y algunos autobuses en los que iban fueron retenidos hasta en tres ocasiones. Al respecto, los manifestantes denunciaron la violación del derecho a la intimidad "incidiendo" sobre el derecho a la libertad ideológica y a "que nadie sea obligado a declarar sobre su ideología o creencias".
Pero el tribunal cree que los vehículos pudieron ser parados varias veces "por error", que los agentes no pudieron determinar la "determinación política e ideológica" de los ocupantes y que, en cualquier caso, consiguieron llegar a Madrid.
La querella -que también se dirigió contra antiguos altos mandos policiales- fue presentada por la actuación policial en el dispositivo desplegado en las marchas de protesta por los "graves problemas que está sufriendo la ciudadanía del Estado español" organizadas ese día en Madrid.