El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 25 de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de Moralzarzal a indemnizar a 13 vecinos del municipio tras haber soportado el triple del ruido permitido por ley tras la instalación de una carpa durante las fiestas patronales del 23 al 29 de septiembre de 2011.
Según establece el fallo, el pago total asciende a 13.500 euros y se debe principalmente al nivel de ruido que estos vecinos tuvieron que soportar, ya que la carpa municipal de festejos se instaló a muy poca distancia de sus domicilios afectando "a las fachadas y al interior de las viviendas, sin que se hubiese adoptado medida correctora alguna, ni establecido tampoco horario nocturno de funcionamiento de la actividad lo que superó con creces cualquier tolerancia exigible con motivo de la celebración de fiestas patronales".
Tal y como se recoge en la sentencia, el nivel de ruido llegaba a triplicar el máximo permitido y "se comprobó que no bajaba apreciablemente de intensidad el sonido procedente de la carpa hasta las 7.30 horas manteniéndose durante toda la noche con niveles que excedían notablemente los permitidos".
Asimismo se hace referencia al incumplimiento del artículo 9.3 de la Ley de 37/2003, de 17 de noviembre del ruido y del artículo 8 de la Ordenanza de Policía Urbana de Moralzarzal. Por último, la sentencia subraya que no queda acreditado que se acordase por la Corporación y notificase a los interesados, "la suspensión temporal del cumplimiento de los objetivos de calidad acústica de aplicación, medida a que se refiere el artículo 9.1 de la Ley 37/2013".