Casi 372.500 madrileños en el exterior puede votar desde este sábado

  • Serán las primeras elecciones desde 2011 en las que los españoles que viven en el exterior no han tenido que "rogar" su voto
  • Las papeletas pueden ser descargadas directamente de Internet tanto por el propio votante en su casa o cuando acuda a votar en los centros habilitados para ello
Una persona introduce una papeleta en una urna
Una persona introduce una papeleta en una urna |UC3M

Los casi 372.500 madrileños que residen en el exterior podrán comenzar a votar este sábado de cara a las elecciones autonómicas del próximo 28 de mayo en las dependencias designadas para ello en los países en los que residen.

Estas serán las primeras elecciones desde 2011 en las que los españoles que viven en el exterior no han tenido que "rogar" su voto, en virtud de la reforma del Régimen Electoral aprobada el pasado septiembre, sino que han recibido en sus domicilios toda la información necesaria para poder ejercer este derecho, la cual también está disponible para su descarga de Internet.

En total, según el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA), a fecha de 1 de febrero, cuando se cerró el cómputo, hay 1.056.057 españoles registrados para votar en estos comicios en todo el mundo, aunque la mayoría de ellos se encuentran en países europeos y de América Latina.

Todo  preparado en Madrid para las elecciones del 28-M
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Así, el país con más votantes españoles es Argentina, con casi 118.000, seguido por Francia, con cerca de 106.000. Por detrás se sitúan países como Estados Unidos, con más de 93.500; Cuba, con algo más de 90.300; México, con casi 84.200; Venezuela, con más de 74.500; Reino Unido, con más de 68.500; o Alemania, con casi 62.000.

El eventual peso de estos votantes en el resultado varía en función de las comunidades autónomas. La Comunidad de Madrid es la que más electores tiene fuera de España, con casi 372.500. Le siguen, pero de lejos, Canarias, con 162.100; la Comunidad Valenciana, con más de 125.700; y Asturias, con 123.200.

REQUISITOS PARA VOTAR

Todos estos españoles, si además de estar inscritos en el CERA también lo están en el Registro de Matrícula Consular del país en el que residen, han recibido en las últimas semanas en sus domicilios en un primer momento la información sobre cómo ejercer su derecho ahora que el voto ya no es rogado y posteriormente las papeletas para las elecciones en las que voten.

Las solicitudes de nacionalidad aprobadas en febrero se dispararon casi en un 50%
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Además, estas papeletas pueden ser descargadas directamente de Internet tanto por el propio votante en su casa o cuando acuda a votar en los centros habilitados para ello, esencialmente los consulados, donde está previsto disponer tanto de las papeletas físicas y los sobres como la opción de su descarga e impresión.

En este último caso, se hará entrega del juego completo para garantizar el secreto de voto. "La posibilidad de que únicamente se imprima la papeleta que escoja el elector solamente será practicable cuando sea el propio elector quien lo haga y en un lugar apartado", puntualiza la Junta Electoral Central (JEC) en su instrucción del pasado 30 de marzo sobre el voto en el exterior.

La votación presencial se llevará a cabo entre el 20 y el 25 de mayo. Según la instrucción dada por el ministro de Exteriores, José Manuel Albares, se votará en las Oficinas Consulares de carrera (Consulados Generales, Consulados y Secciones Consulares de las Misiones Diplomáticas), si bien en algunos países se han elegido otras dependencias de titularidad estatal, como las sedes del Instituto Cervantes, debido a las necesidades específicas de los emplazamientos para garantizar el buen desarrollo de la cita con las urnas.

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En estos 'colegios electorales' en el exterior, deberá cumplirse con toda una serie de requisitos para garantizar la confidencialidad del voto, lo que incluye, además de los medios informáticos citados también la instalación de cabinas de voto además de los pertinentes sobres de votación y demás documentación. Para ello, Exteriores adquirió recientemente 205 cabinas de voto que se enviaron a distintos países.

PROCEDIMIENTO PARA EL VOTO

En realidad, lo que harán los electores en el exterior será depositar en las urnas habilitadas para tal fin un sobre dirigido a la junta electoral competente en los comicios en los que desean participar, en el que estará incluido a su vez el sobre con la papeleta de su elección. Dicho sobre deberá ser sellado por un funcionario consular y firmado, previa exhibición y entrega de uno de los certificados de inscripción en el CERA que recibirán los votantes en sus casas.

La Junta Electoral toma medidas ante la posibilidad de fraude en el voto por correo de Melilla
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Como ocurre en la jornada electoral en España, durante los cinco días que dure el voto presencial, en el horario fijado según los casos, podrán estar presentes representantes de las formaciones electorales, quienes también podrán inspeccionar las dependencias.

Al término de cada jornada, las urnas deberán sellarse y precintarse, haciendo constar en el precinto la firma del funcionario consular y los representantes de formaciones acreditados que lo deseen. Tanto el proceso de precintado, como el de apertura para continuar en días sucesivos o el recuento final será público, según la JEC.

Los votantes inscritos en el CERA también tienen la posibilidad de votar por correo. Para ello debían solicitarlo antes del 18 de mayo y tienen que hacer llegar su sobre, a ser posible por correo certificado, a la Oficina Consular en la que estén inscritos hasta el 23 de mayo.

RECUENTO DE SOBRES

El 25 de mayo, una vez concluido el periodo de votación, se procederá a la apertura de las urnas y al recuento de los sobres de los electores, a los que se sumarán los llegados por correo, procediéndose a emitir un acta consular que se enviará a la JEC.

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Todos los sobres deberán ser enviados por valija diplomática de forma inmediata a la oficina que se constituirá para ello en el Ministerio de Exteriores desde donde, a continuación, se harán llegar a las correspondientes juntas electorales encargadas de su escrutinio.

El día del escrutinio general, en la junta electoral competente se constituirá una mesa electoral encargada de introducir en la urna los sobres de votación tras haberse comprobado la inscripción en el CERA mediante el certificado que acompaña los mismos. Una vez escrutados estos votos, se incorporarán al resultado del escrutinio general.