Condenan al Ayuntamiento de Madrid a pagar 668 euros a un conductor al que quitó 6 puntos del carnet
La infracción no se notificó y tampoco se comunicó a Tráfico la restitución de los puntos
El conductor perdió su permiso de conducir y tuvo que volverse a examinar
EUROPA PRESS
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de la capital a pagar 668 euros a un conductor por deficiencias en la tramitación de las multas de tráfico.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, califica de "irracional" la actuación del Ayuntamiento por no devolver los puntos detraídos cuando sus órganos económico-administrativos anulan las multas por deficiencias en las notificaciones.
Al conductor al que ahora debe indemnizar el Consistorio, Tráfico le había declarado la pérdida de vigencia de su permiso de conducir y tuvo que volverse a examinar.
El fallo califica de "irracional" la actuación del Ayuntamiento de Madrid, en el caso de multas que llevan aparejada la pérdida de puntos, cuando sus órganos económico-administrativos anulan la recaudación de la sanción económica por existir deficiencias en las notificaciones pero a su vez no comunican a Tráfico que tiene que dejar sin efecto la pérdida de puntos.
Una infracción muy grave
El caso ahora resuelto favorablemente para el conductor sancionado se inició con la imposición de una sanción de 500 euros y la pérdida de 6 puntos, al considerar que había cometido una infracción calificada como "muy grave", pero sin que constara en ninguna parte que se le hubiera notificado la denuncia.
Dado que nunca se le había notificado nada con anterioridad, ni se le había dado la oportunidad de poderse defender, presentó un recurso alegando este hecho y el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid le dio la razón anulando la multa "lo que obligaba al Ayuntamiento de Madrid a notificar a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid que dejara sin efecto la pérdida de puntos.
El Ayuntamiento, explican, era el competente para sancionar la infracción cometida en sus vías públicas urbanas y, si su propio órgano económico-administrativo municipal dejó sin efecto la vía de apremio para recaudar la sanción económica por falta de notificación de la resolución sancionadora, venía obligado igualmente a notificar a la Jefatura Provincial de Tráfico la ineficacia de la pérdida de puntos impuesta con dicha sanción económica".
Pérdida del carné
Sin embargo, el departamento encargado de la gestión de las multas no hizo nada al respecto y los 6 puntos detraídos siguieron constando registrados en Jefatura provincial de Tráfico de Madrid, dando lugar a la injusta declaración de pérdida de vigencia de su permiso de conducir por haber agotado su saldo de puntos.
Dicha declaración de pérdida de vigencia del permiso fue posteriormente anulada por los tribunales, al comprobarse la anómala actuación del departamento de gestión de multas del Ayuntamiento de Madrid, pero el daño estaba ya hecho y por eso ahora el Ayuntamiento de Madrid tiene que indemnizar al automovilista perjudicado por "una actuación irracional, como fue el incumplimiento del deber de poner en conocimiento de la Jefatura provincial de Tráfico la ineficacia de la sanción de pérdida de puntos".
Automovilistas Europeos Asociaciados (AEA) estima que existen otros 40.000 casos similares y que "esta sentencia sienta un importante precedente jurídico y va a permitir que miles de conductores madrileños puedan recuperar los puntos que le han sido indebidamente detraídos por los servicios municipales encargados de la gestión de multas de circulación".