Desalojado un edificio en el centro de Madrid por una falsa amenaza de bomba
El Centro para el Desarrollo Tecnológico ha sido desalojado por una falsa amenaza de bomba, según han confirmado fuentes de la delegación del Gobierno en Madrid
El Código Penal establece penas de entre tres meses y un año de prisión para los autores de este tipo de llamadas
La sede del Centro para el Desarrollo Tecnológico (CDETI), dependiente del Ministerio de Ciencia, y un comercio aledaño, han sido desalojados este miércoles tras una falsa amenaza de bomba, según han confirmado fuentes de la Policía Nacional y de la delegación del Gobierno en Madrid.
En el momento del desalojo se estaba celebrando en ese edificio una conferencia del Programa Ciencia para la Paz y la Seguridad (SPS), que promueve el diálogo y la cooperación práctica entre los Estados miembros de la OTAN y los países socios.
Entre los ponentes se encontraban miembros de la OTAN y Oscar Jiménez Mateo, Jefe de la Unidad de Programación y Control de I+D de la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa, entre otras personalidades.
El aviso ha sido recibido entorno a las dos y media de la tarde, y se ha procedido al desalojo de las 150 personas que se encontraban el edifico, ubicado en la calle del Cid de Madrid, en una zona cercana a Recoletos.
Fuentes de la delegación del Gobierno han confirmado que se trata de una falsa amenaza.
Las fuerzas de seguridad han levantado ya el operativo desplegado en la zona e investigan ahora la procedencia del aviso.
Fuentes policiales recuerdan que el Código Penal establece penas de entre tres meses y un año de prisión para los autores de este tipo de llamadas, ya que es un delito al movilizarse recursos, como este caso.
"Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses", reza el artículo 561 del Código Penal.
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