El Ayuntamiento de Madrid propondrá el cese de la actividad del restaurante Wow, ubicado en el ático del número 18 de Gran Vía, al funcionar con una licencia temporal de seis meses que había caducado, aunque al no constar actas de inspección de la Policía Municipal no se iniciará, por el momento, ningún procedimiento sancionador.
Así consta en un documento de la Agencia de Actividades del Consistorio madrileño publicada en la red social ‘X’ por el concejal de Más Madrid Álvaro Fernández Heredia y en una información adelantada por el digital ‘eldiario.es’, que explica que el alta de licencia se solicitó el 17 de noviembre de 2022 y duraba seis meses, por lo que habría caducado en mayo pasado.
A principios de septiembre, Más Madrid denunció la “absoluta negligencia e irresponsabilidad” del Ejecutivo municipal con respecto a la actividad del restaurante Wow, ubicado en un edificio incluido en el catálogo de edificios protegidos, que ofrecía servicios de hostelería en el ático cuando, según la normativa, sólo se permite desarrollarlos en las plantas baja y primera de los mismos.
El grupo liderado por Rita Maestre pidió la “clausura” de este restaurante -promovido por una firma del expresidente de El Corte Inglés Dimas Gimeno y otros socios- y realizó una petición de información acerca de los detalles de su actividad y funcionamiento con la licencia temporal.
En la comunicación de la Agencia de Actividades desvelada por Fernández Heredia en ‘X’, el Ejecutivo local explica que, tras la petición de información, los técnicos del ente municipal realizaron una visita de inspección el 13 de septiembre “en la que se puso de manifiesto que se ejerce la actividad conforme a la licencia temporal solicitada”.
“No obstante, y al ser dicha licencia por un periodo de seis meses y haber transcurrido el mismo, se va a proponer el cese de la actividad”, señala el texto, en el que se detalla que, durante la visita de los técnicos, “no se pudo constatar” que se llevase a cabo la actividad hostelera denunciada por Más Madrid.
“No constan actas de inspección de Policía Municipal levantadas en relación con la ley de espectáculos públicos y actividades recreativas (Ley 17/1997), por lo que, a fecha actual, no es posible la iniciación de procedimiento sancionador”, añade el mismo texto compartido por Fernández Heredia.