El alcalde de Colmenar Viejo, Jorge García Diaz | TELEMADRID
(Actualizado

La Fiscalía ha recurrido la sentencia que absolvió al alcalde de Colmenar Viejo, a dos exalcaldes y a otros diez ediles y exediles del municipio (todos del PP) de prevaricación urbanística, porque delinquieron a sabiendas, en "una auténtica apología de la prevaricación" y "no cabe mayor ejercicio de arbitrariedad".

El delegado de Medio Ambiente de la Fiscalía de Madrid, César Estirado, solicita la revocación de la sentencia y su nulidad por error en la valoración de la prueba, de manera que se devuelva al juzgado para que dicte otra.

"Los acusados eran conocedores de los informes técnicos y jurídicos desfavorables"

Se trata de una sentencia reciente del Juzgado de lo Penal número 11 de Madrid que absolvió a los trece procesados por un delito continuado de prevaricación urbanística al entender que no tenían ánimo de actuar ilegalmente.

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Los acusados se enfrentaban a peticiones de cárcel de entre dos años y tres años y medio acusados de otorgar durante varios años licencias urbanísticas a distintos promotores, pero fueron exonerados -según la sentencia- al no haberse podido aclarar que lo hicieran "con ánimo de actuar de forma ilegal".

"Apología de la prevaricación"

Ahora la Fiscalía recurre alegando que "los acusados eran conocedores de los informes técnicos y jurídicos desfavorables", actuaron con dolo y "en ningún caso tomaron medidas para la subsanación de las infracciones urbanísticas que se pusieron de manifiesto en los informes técnicos y jurídicos citados".

Sostiene el Ministerio Público que "la licencia urbanística es un acto 100 por cien reglado" pero en cambio "los acusados tratan de sostener la peligrosísima tesis de que un Gobierno Municipal puede decidir en cada caso según su criterio subjetivo, si conceder o no una licencia cuando los órganos técnicos han comprobado que la construcción sujeta a licencia se ha ejecutado contraviniendo en determinados puntos el proyecto previamente autorizado, así como el planeamiento urbanístico en vigor".

"Esta filosofía es una auténtica apología de la prevaricación, que se basa, jurisprudencialmente, en la sustitución del derecho aplicable, conscientemente, por la voluntad subjetiva de la autoridad o funcionario", añade.

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Indultos urbanísticos

Subraya la Fiscalía de Medio Ambiente que "solo en 3 de los 16 casos (investigados) se ha tramitado expediente sancionador, mientras en los restantes 13 se ha indultado la sanción", ante lo que considera: "No cabe mayor ejercicio de arbitrariedad".

El escrito cita jurisprudencia del Tribunal Supremo que avala su tesis y recuerda que si una edificación no cumple las normas puede ser derribada.

"Desde luego, una vez inclinados por la peligrosa y espinosa pendiente de la libre valoración de la normativa urbanística por el Gobierno Municipal, llegamos a determinadas preguntas sin respuesta en un Estado de Derecho: ¿Por qué un vecino se atiene escrupulosamente a la máxima altura de cerramiento de su parcela, cuando le gustaría que fuera mayor, mientras otro pone la altura que quiere, lo cual resulta aceptado por la Corporación?", se pregunta el fiscal de Medio Ambiente.

También se cuestiona, entre otras preguntas, "¿por qué los vecinos de Colmenar Viejo cuando piden una licencia están sujetos a semejante Poder de su Corporación, que puede ser estricta o benevolente, según los casos?" y concluye: "No será esta Fiscalía la que avale semejante doctrina, ni una sociedad democrática como la nuestra, muy sensible con razón a los abusos de Poder, lo comprendería".