Los Franco plantean la inconstitucionalidad de los decretos de exhumación
La familia Martínez-Bordiú Franco presenta un nuevo escrito ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo
La familia Franco ha presentado una nueva demanda ante el Tribunal Supremo en la que plantea la inconstitucionalidad de los Reales Decretos aprobados por el Gobierno de Pedro Sánchez para posibilitar la exhumación y posterior inhumación de los restos mortales del dictador.
Los abogados de la familia Martínez-Bordiú Franco presentaron este miércoles un nuevo escrito ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en el que plantean una cuestión de inconstitucionalidad respecto al Real Decreto Ley 10/2018, de 24 de agosto, por el que se modifica la Ley de Memoria Histórica.
La familia Franco, junto a la Fundación Nacional Francisco Franco, ha presentado recursos ante el Tribunal Supremo contra la orden de ejecución de la exhumación del dictador por parte del Gobierno, con el objeto de que la suspensión del desenterramiento que solicitaba se extienda al acuerdo posterior del Consejo de Ministros que puso fecha a la exhumación, el 10 de junio.
En este nuevo escrito, que podría dilatar aún más el proceso, la familia del dictador han alegado que se trata de un "caso de extraordinaria y urgente necesidad" que permita la aprobación del Real Decreto en la medida en que los restos de Franco llevan "cuarenta y tres años" en la cripta del Valle de los Caídos. Resulta evidente que no se dan en este caso las circunstancias excepcionales, graves, relevantes e imprevisibles que la Constitución requiere para permitir que el Gobierno dicte este tipo de normas en vez de ajustarse al procedimiento parlamentario ordinario", alegan al respecto.
Además, argumentan que la técnica del Real Decreto Ley no puede ser utilizada cuando se afecten derechos y libertades fundamentales y, en el presente caso, señalan, afecta al derecho a la libertad religiosa de los familiares, al derecho a la intimidad personal y familiar de sus descendientes y de las 192 personas inhumadas en el Valle, y al derecho a la igualdad ante la ley "por tratarse de una verdadera ley de caso único, esto es, dictada solo para la exhumación de Francisco Franco".
En todo caso, la demanda arguye asimismo que aunque la Sala del Tribunal Supremo decidiera no plantear la cuestión de inconstitucionalidad, "en todo caso las gravísimas vulneraciones de los derechos anteriormente detalladas deberían servir igualmente de base para la anulación de los Acuerdos del Consejo de Ministros impugnados".
El Gobierno, un órgano incompetente
En su escrito, la familia Franco indica igualmente que los acuerdos del Consejo de Ministros de fecha 15 de febrero y 15 de marzo de 2019 para autorizar la ejecución de la exhumación y para reinhumar los restos del dictador en el cementerio de Mingorrubio fueron dictados por un "órgano manifiestamente incompetente" como el Gobierno. Alega que corresponde "en exclusiva" a la autoridad eclesiástica, en este caso al Prior Administrador de la Abadía de la Basílica del Valle de los Caídos, y no es suficiente con una autorización de acceso a la Basílica sino que se precisa una para la propia exhumación que "ha sido expresamente denegada".
En esta misma línea, la familia del dictador alega también que es necesaria una autorización por parte la Comunidad de Madrid al ser el órgano competente en materia de sanidad mortuoria y al tratarse de embalsamamiento integral de un cuerpo y no de restos cadavéricos.
"Incluso si todas las anteriores alegaciones fueran desestimadas y el Tribunal Supremo confirmase la decisión de exhumar, lo que en modo alguno se ajusta a Derecho es la decisión del Gobierno de prohibir la posterior inhumación en el lugar designado por la familia", la sepultura que poseen a perpetuidad en la cripta de la Catedral de La Almudena.
Defienden igualmente su legitimidad para decidir sobre el lugar en el que reposen los restos mortales del dictador y cargan contra el Ejecutivo por acordar que sean enterrados en el cementerio de Mingorrubio. "El Gobierno, vulnerando el propio Real decreto Ley ha ejercitado una facultad subsidiaria que sólo está prevista en caso de silencio o discrepancia entre los familiares, supuestos que no se han dado en este caso", indican.
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