Isabel Diaz Ayuso | EUROPA PRESS
(Actualizado

La Junta Electoral Provincial de Madrid estima que el vicepresidente segundo de Gobierno, Pablo Iglesias, y la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, han infringido la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg )con declaraciones públicas efectuadas desde sus respectivos cargos institucionales antes del periodo de campaña.

En el caso de Iglesias, que fue denunciado por el PP, la Junta señala que en el vídeo que el vicepresidente grabó en su despacho para anunciar que se presentaba a las elecciones del 4 de mayo en la Comunidad de Madrid hizo "extensas alusiones a los logros obtenidos por el partido Podemos en el Gobierno de coalición", que al emitirse en "un acto procedente de un poder público debieron evitarse", señala la Junta Electoral.

Sobre Ayuso, la Junta estima parcialmente una denuncia interpuesta por el PSOE al indicar que en una rueda de prensa celebrada el 15 de marzo "aludió a los logros y realizaciones obtenidos en la lucha contra el virus covid y llegó a pedir el voto para su candidatura", por lo que, "incurrió en una infracción".

Por el contrario, la Junta Electoral Provincial de Madrid ha rechazado la denuncia que interpuso Más Madrid en contra de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por hacer "campaña" desde las instituciones madrileñas. Tras tras haber anunciado en la Puerta del Sol, sede del Gobierno regional, compensaciones económicas para los sectores afectados por la pandemia que quedaron excluidos de las ayudas anunciadas por el Gobierno central.

La Junta Electoral ha determinado que "buscando con detalle alguna alusión a realizaciones o logros obtenidos, resulta tenue, imprecisa e irrelevante" en relación con el conjunto de la intervención de la presidenta.

Valoran que no se incurrió en infracción de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen electoral general y estiman que procede el archivo de la denuncia electoral.

Desde que se convocan elecciones, no se pueden realizar actos sobre los logros obtenidos que estén financiados por los poderes públicos. Las instituciones públicas tampoco pueden utilizar expresiones o imágenes iguales o similares a las utilizadas por los partidos políticos en campaña.