El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 34 de Madrid ha fallado que fue legal el empleo de trabajadores de la empresa Tragsa para la realización de los servicios de limpieza de Alcorcón durante la huelga convocada por la empresa municipal Esmasa el pasado mes de enero.
El Pleno de la corporación y la Junta de Gobierno local aprobaron este "servicio extraordinario" por parte de la empresa Transformación Agraria, S. A. (Tragsa) para recoger las casi 800 toneladas de basura que se acumulaban en las vías públicas de la ciudad desde hacía diez días, cuando CCOO, CGT y CSI-F pusieron en marcha la huelga para protestar contra la externalización de la recogida de vidrio.
El Ayuntamiento alegó entonces que contaba con dos informes técnicos que señalaban un "grave riesgo sanitario" para los ciudadanos, debido a la gran cantidad de basura que se había ido acumulando en las calles. Así, el alcalde, David Pérez, criticó que a los sindicatos no les importara "poner la salud de la gente en peligro" y aseguró que la contratación de la empresa Tragsa era una medida "legal".
Dicha empresa fue contratada para limpiar, especialmente, las calles del centro del municipio y las áreas "más vulnerables", como centros de salud, hospitales, colegios, escuelas infantiles, residencias de la tercera edad y las zonas de comercio minorista. Sin embargo, esta medida fue entendida por los trabajadores de Esmasa como una vulneración de su derecho a la huelga, por lo que acudieron a los tribunales para denunciarlo.
Ahora, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº34 de Madrid ha fallado a favor de la decisión del Consistorio y ha desestimado el recurso interpuesto por el Sindicato de Limpiezas y Mantenimiento Urbano de la Comunidad de Madrid de la CGT.
"El Ayuntamiento no habría procedido a contratar trabajadores ajenos a Esmasa para sustituir a los trabajadores en huelga, sino tan solo a hacer uso de las facultades y potestades que el ordenamiento jurídico le atribuye para la defensa de los intereses de la comunidad vecinal", señala la sentencia a la que Efe ha tenido acceso.
La misma reconoce al Consistorio como "titular y responsable del servicio público de recogida de residuos sólidos urbanos y, en consecuencia, también responsable de garantizar su prestación", más aún, cuando "concurrían las circunstancias de emergencia" indicadas por los informes de la Inspección de Sanidad.