La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la decisión de un juzgado de llevar a juicio a los moradores de un piso de Madrid al que la Policía entró a la fuerza en 2020 porque supuestamente se celebraba una reunión ilegal y una mujer pidió auxilio, y exonerar a los agentes que llevaron a cabo la intervención.
En un auto al que ha tenido acceso EFE, y contra el que no cabe recurso, la Sección 29 de la Audiencia Provincial de Madrid rechaza el recurso presentado por la letrada de los inquilinos y confirma el auto dictado en mayo por el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid, en una decisión que es diferente a las adoptadas por otras secciones de la audiencia madrileña sobre los otros dos casos de patadas en las puertas conocidos: los de la calle Lagasca y la calle Velázquez.
En el auto que ahora confirma la Audiencia el juez acordó continuar las actuaciones por los trámites del procedimiento abreviado contra las cinco personas que había en el piso aquel 9 de diciembre de 2020, cuando existían restricciones de movilidad y reunión por la pandemina de covid.
La Audiencia también ratifica el archivo de la causa para los agentes investigados, como dijo el juzgado, exponiendo que las alegaciones del recurso, "resultan más propias de una argumentación defensiva en el seno del juicio oral" y "no pueden tener acogida en este presente momento".
Se trata de uno de los tres casos de "patadas en la puerta" que se investigan en los juzgados madrileños, junto a los ocurridos en las calle Lasgasca y en la calle Velázquez de la capital en marzo de 2021.
La Audiencia Provincial de Madrid ordenó recientemente reabrir la investigación, archivada por un juzgado, sobre los policías que entraron a la fuerza en el piso de la calle Velázquez, al entender que se deben tomar más testimonios para determinar si cometieron allanamiento de morada.
También en el caso de la calle Lagasca, el más mediático al ser grabado por los inquilinos, la Audiencia Provincial ordenó el pasado mes de marzo seguir el procedimiento para juzgar por un posible delito de allanamiento de morada a los seis policías.
Pero en el caso ocurrido en la calle Pan y Toros del distrito de Villaverde el 9 de diciembre de 2020 los magistrados de la audiencia consideran que hay "indicios racionales y suficientes" de los delitos de los que se acusa a los inquilinos del inmueble.
Y añade que los agentes de la Policía Nacional "actuaron en todo momento con total arreglo a Derecho, ante la situación excepcional en la que se encontraban, por la necesidad de una urgente intervención, no habiendo, por tanto, vulneración de la inviolabilidad del domicilio".
Esta causa se inició a raíz del atestado policial que hicieron los agentes por un presunto delito de resistencia o desobediencia cometido por los moradores de la vivienda. Luego la letrada de los inquilinos interpuso denuncia contra los policías por posible allanamiento de morada.
La Fiscalía solicita un año de cárcel para los cinco ocupantes de la vivienda del distrito madrileño de Villaverde que se negaron a abrir a los agentes aquel 9 de diciembre de 2020, cuando existían restricciones por la pandemia de coronavirus, ya que insultaron, amenazaron y lesionaron a algunos agentes.