La Comunidad de Madrid aprueba la reforma legislativa para que los jueces elijan a los magistrados del TSJM
Pretende reforzar la independencia de este órgano
La Asamblea de Madrid ha ratificado este jueves el proyecto de ley del Gobierno de la Comunidad de Madrid para que sean los jueces quienes elijan a los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
De esta manera se cumple el compromiso de la presidenta regional Isabel Díaz Ayuso de primar en los nombramientos tan solo los requisitos de mérito y capacidad, reforzando así la independencia de este órgano.
Según fuentes del gobierno regional, esta iniciativa legislativa persigue suprimir la potestad que tiene el Parlamento regional hasta ahora para nombrar una de cada tres plazas de magistrado en las Salas de lo Civil y Penal del TSJM. A continuación, la Cámara autonómica la remitirá como proposición de Ley a la Mesa del Congreso de los Diputados para la modificación de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y de la Ley 38/1988, de Demarcación y Planta Judicial.
El consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López, ha defendido en la Asamblea esta actuación, “que pretende no solo cambiar el paradigma de la elección de los jueces en España sino mejorar nuestro ordenamiento constitucional, basado esencialmente en la separación y el equilibrio de los tres poderes del Estado: legislativo, ejecutivo y judicial”.
A su juicio, “no se trata de que los jueces sean independientes, que por supuesto lo son, sino de profundizar en la apariencia de independencia que alcanzaremos separando lo que nunca debió estar junto”, ha recordado.
El proyecto de Ley comenzó su trámite en la Cámara regional en 2020 tras recibir, en abril de ese mismo año, el aval del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Sin embargo, su ratificación se vio retrasada debido a las elecciones de 2021, lo que obligó al Gobierno emanado de las urnas a remitir de nuevo esta iniciativa a la Cámara autonómica.
Con la aprobación de este proyecto de ley, la Comunidad de Madrid se suma a los postulados de la Unión Europea sobre las garantías que el Estado de Derecho debe articular en referencia a las normas dictadas por un legislador nacional con los procedimientos en el nombramiento de jueces, para que estos sean acordes con los estándares de independencia exigidos en el ordenamiento jurídico comunitario.
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