Madrid aprueba el proyecto inicial para la nueva Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) Trafalgar-Ríos Rosas
El objetivo es compatibilizar la actividad económica con el descanso vecinal
La Junta de Gobierno municipal ha aprobado el proyecto inicial de declaración de la nueva Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) Trafalgar-Ríos Rosas, situada en el distrito de Chamberí.
Así lo ha anunciado la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Inmaculada Sanz, que ha dado cuenta de que, a partir de ahora, el proyecto entrará en fase de información pública durante 45 días tras su publicación en el 'Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid' a la espera de posibles alegaciones.
El espacio protegido albergará una extensión de 153,45 hectáreas y afectará a los barrios de Ríos Rosas, Trafalgar, Almagro, Arapiles y Vallehermoso, que suman una población de 61.000 personas.
El Consistorio ha detallado que en la declaración de ZPAE existen tres tipos de zonas con distintos grados de afección por el ruido: las zonas de contaminación acústica bajas, las moderadas y las altas. Hasta el momento, el Ayuntamiento de Madrid no ha determinado a qué zona pertenece cada barrio afectado por la medida.
ZONAS BAJAS
Las zonas de contaminación baja presentan una superación de los objetivos de calidad acústica menor de 5 decibelios, con lo que se permite la implantación, ampliación o modificación de actividades como, salas de fiestas, restaurantes-espectáculos y otro tipo de locales si se encuentran a más de 150 metros de las zonas de contaminación acústica altas, a 75 metros de zonas moderadas o a 50 de otras zonas bajas.
En este caso, el horario para terrazas y quioscos en periodo estacional, entre el 15 de marzo y el 31 de octubre, será de 9:00 a 1:30 horas los viernes, sábados y víspera de festivos, mientras que los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo es de 9:00 a 0:00 horas. El resto del año, para aquellas que tengan autorización para un periodo de funcionamiento anual, será de 9:00 a las 0:00 horas.
ZONAS MODERADAS
Las moderadas, por su parte, presentan una superación de los objetivos de calidad acústica que sean igual o superiores a 5 decibelios e inferiores a 10 decibelios, con lo que se permiten cambios a las actividades mencionadas si se encuentran a 100 metros de las zonas altas, a 75 de otras moderadas o a 50 de bajas.
En este caso, el horario de terrazas y quioscos en periodo estacional se extenderá hasta la 1:30 horas de los viernes, sábados y víspera de festivos, mientras que los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo será hasta las 23:30 horas, y el resto del año, entre las 9:00 y las 23:00 horas.
ZONAS ALTAS
Con respecto a las zonas altas, aquellas que presentan una superación de los objetivos de calidad acústica igual o superior a 10 decibelios, no estará permitida la implantación, ampliación o modificación de nuevas actividades como las anteriormente mencionadas.
En periodo estacional, el horario máximo de funcionamiento para zonas de contaminación acústica alta será entre las 9:00 y la 1:00 horas de viernes, sábado y víspera de festivo, mientras que los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo comprenderá las 9:00 y las 23:30 horas. El resto del año, para las que tengan autorización anual, será entre las 9:00 horas a 23:00 horas.
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