La Comunidad de Madrid ha establecido un aforo máximo del 60 % de asistencia de público en competiciones multitudinarias al aire libre y del 40 % en recintos cerrados, según la actualización de medidas sanitarias contra la covid-19 publicada este viernes en el Boletín Oficial de la región (BOCM).
El pasado día 1, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordó establecer estos porcentajes máximos para la realización de este tipo de eventos, aunque a finales del mes se reevaluará la situación. La orden establece, asimismo, un límite de 60 % de aforo de público al aire libre y de un 50 % en espacios cerrados en competiciones deportivas no multitudinarias.
Los entrenamientos se realizarán preferentemente sin asistentes y los organizadores deberán adoptar las medidas necesarias para evitar aglomeraciones en cualquier tipo de evento deportivo.
Tampoco se permitirá la venta ni el consumo de alimentos, bebidas o tabaco durante la celebración de eventos deportivos.
En esta línea, para la propia realización de actividades deportivas en grupo, el aforo estará limitado al número máximo de personas que puedan mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros en espacios abiertos y de un 75 % de la capacidad total en el caso de los recintos cerrados.
La mascarilla será obligatoria en todas las actividades que se desarrollen en espacios cerrados, excepto para los deportistas que participen en entrenamientos o competiciones federadas, que deberán aportar además una prueba de diagnóstico negativa con un máximo de 48 horas.
En cambio, en espacios abiertos, podrá prescindirse generalmente de ella en tanto que se mantenga la distancia interpersonal entre los asistentes y el monitor o entrenador.
Universidades
La Consejería de Sanidad ha establecido con carácter general una distancia interpersonal de un mínimo de 1,2 metros en todos los centros universitarios de la región, que deberán aprobar un plan de actuación antes de la finalización del periodo de matriculación para el presente curso donde se detallen las medidas organizativas a tal efecto.
No obstante, la orden señala que, en el caso de no poder adoptar el mínimo de 1,2 metros, se aplicará "una organización del espacio que permita la mayor distancia interpersonal entre alumnos, y reforzando cuantas otras medidas organizativas y de prevención higiénico-sanitaria pueda adoptar el centro", como la ventilación frecuente o la instalación de mamparas.
Se mantienen restricciones en hostelería y ocio
La orden no menciona cambios respecto a otros sectores, como el de la hostelería y el ocio, que mantendrán las medidas sanitarias que se venían aplicando, aunque el Gobierno regional anunció hace unos días que las relajará a finales de septiembre.
Los aforos en hostelería y restauración continúan limitados al 50 % en interior con seis comensales por mesa y 75 % en exteriores, con ocho.
El ocio nocturno seguirá abierto hasta las tres de la madrugada y bares, restaurantes, cines, teatros, auditorios y locales de juego deberán cerrar a la una, aunque las terrazas covid habilitadas en aceras y bandas de aparcamiento pueden estar abiertas solo hasta las doce para evitar molestias a los vecinos.
En espacios al aire libre correctamente delimitados se permite el baile, aunque es obligatoria la mascarilla. Por último, las instalaciones deportivas y los gimnasios deberán cerrar como máximo a las 00:00 horas.