Madrid estrena nueva ordenanza de limpieza y a partir de ahora te pueden multar por todo esto
La nueva normativa persigue de manera especial prácticas como el abandono de residuos por botellón, el depósito inapropiado de cartón en la vía pública y la realización de grafitis
Este viernes entra en vigor la nueva Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con los votos a favor de PP, Ciudadanos y Vox. Con ella se incrementarán las sanciones por la suciedad generada por el botellón, los grafitis o el abandono de cartón.
El delegado del Área de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, destacó durante el Pleno del Ayuntamiento que para alcanzar el objetivo de que la ciudad esté más limpia, la nueva normativa persigue de manera especial, elevando el régimen sancionador, prácticas como el abandono de residuos por botellón, que se tipifica por primera vez en la normativa madrileña, el depósito inapropiado de cartón en la vía pública y la realización de grafitis.
En el periodo de información pública, el texto recibió 24 escritos con 88 alegaciones de 19 entidades, de las cuales 19 se aceptaron totalmente, seis de manera parcial y 63 se desestimaron.
Uno de los cambios más importantes que se introdujo tras este proceso fue elevar de infracción leve a grave, con multas de 751 a 1.500 euros, el sobrellenado de los contenedores o sacos de residuos de construcción mediante cualquier medio para superar la capacidad máxima del recipiente (por ejemplo, colocando puertas o tablas en los bordes que permitan elevar la cantidad de residuos).
También, el depósito de grandes cajas de cartón a los pies de los contenedores, perjudicando la imagen de limpieza, pasa a sancionarse con multas de entre 200 y 2.000 euros.
Otra de las novedades que se incluyeron fue la obligación para los comerciantes de utilizar el servicio de recogida ‘puerta a puerta’ de cartón comercial. Además, deberán doblar y plegar el cartón para la recogida con el objetivo de agilizar su retirada por los servicios municipales. No podrán utilizar los contenedores de la calle, que quedan reservados para el cartón procedente los domicilios, de esta manera se evitará su saturación.
En materia correctiva, la ordenanza incluye por primera vez la regulación específica para la lucha contra el abandono de residuos por botellón para acabar con esta práctica en la ciudad. Para ello, el régimen sancionador eleva la tipificación de estas infracciones de leves a graves, incrementando el importe de las multas de los 400 euros actuales hasta multas que pueden llegar a los 2.001 euros.
Hasta ahora se equiparaba tirar un residuo menor a la vía pública con dejar grandes residuos como los que generan estos eventos. Por ejemplo, tirar un papel en la calle tenía la misma sanción que dejar en el suelo varias botellas o vasos.
Continuando con la política de “tolerancia cero” que emprendió el actual equipo de Gobierno con los grafitis, a pesar de que las multas por realizar pintadas vandálicas se elevaron en 2020, con la nueva normativa las sanciones por grafitear cualquier superficie de la capital partirán de un importe mínimo de 2.000 euros hasta llegar a los 3.000 euros. Ahora, la sanción leve por realizar pintadas en mobiliario urbano, muretes, pilares o puertas es de 600 euros.
Además, por primera vez, todo grafiti podrá llevar asociada, al margen de la propia sanción, la exigencia de la reparación de los daños. En caso de reincidencia, la normativa autonómica contempla cuantías de 600 a 6.000 euros para las pintadas vandálicas. El Ayuntamiento de Madrid castigará estas infracciones repetitivas con sanciones de entre 4.000 y 6.000 euros.
Por primera vez, también se incluye la obligación, en las comunidades de vecinos de más de 100 viviendas y en las que técnicamente sea posible llevarlo a cabo, de disponer de un contenedor para la recogida de aceite vegetal usado que suministrará el Ayuntamiento. Este recipiente deberá permanecer siempre en el interior del recinto privado, desde donde se procederá a su vaciado o sustitución, para lo que el recinto deberá disponer de accesibilidad adecuada para los servicios municipales.
También se multarán las actuaciones relacionadas con la publicidad que ensucien la ciudad, con hasta 750 euros. Como novedad, se prohíbe la colocación o el abandono de folletos, octavillas o cualquier otro material publicitario en marquesinas de autobús, portales o cualquier otro lugar no habilitado para ello.
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