La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a adoptar Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) que incluyan, entre otros aspectos, Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) antes de 2023.
Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) son áreas urbanas en las que se establecen restricciones de acceso a determinados vehículos conforme a su clasificación según el Reglamento General de Vehículos vigente.
También deben elaborar PMUS y ZBE los municipios de más de 20.000 habitantes cuando se superen los valores límite de los contaminantes regulados en la normativa.
Así, desde el pasado 1 de enero de 2023, las poblaciones de más de 50.000 habitantes, están obligadas a tener una zona de bajas emisiones. Una norma general que afecta a 23 municipios madrileños. A día de hoy sólo funcionan en las ciudades de Madrid y Rivas Vaciamadrid.
Alcalá de Henares, Leganés, Móstoles o Fuenlabrada ya han iniciado los pertinentes trámites con el ministerio de Transición Ecológica, aunque según el mapa publicado por el Gobierno, otras cinco ni siquiera están aún en trámites. Se trata de los municipios de Aranjuez, Coslada, Arganda, Valdemoro y Tres Cantos, aunque están trabajando en ello.
Los ayuntamientos son los responsables del diseño de las ZBE en su municipio, al ser quienes delimitan los espacios que van a ocupar y establecen las restricciones de acceso a las mismas en sus ordenanzas de movilidad sostenible.
Para facilitar su diseño, el ministerio ha elaborado una guía de directrices para la Creación de ZBE con la colaboración de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).