El Supremo condena a multa y un año de prisión a los exalcaldes socialistas de Ciempozuelos
Por delito de falsedad en documento mercantil
El Supremo ha condenado a los exalcaldes socialistas de Ciempozuelos (Madrid) Pedro Torrejón y Joaquín Tejeiro a un año de prisión y a una multa de nueve meses con cuota diaria de 15 euros por un delito de falsedad en documento mercantil cometido al enviar un contrato falso a un banco de Andorra donde querían abrir una cuenta.
La Sala estima el recurso de casación interpuesto por el fiscal, al que se adhirió el PSOE, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que absolvió, además de a los dos exalcaldes, a otras once personas más -varios constructores e intermediarios que operaban en la zona-.
Se les acusaba de, entre otros delitos, blanqueo de capitales, negociaciones prohibidas, prevaricación, tráfico de influencias, contra la Hacienda Pública y estafa.
Los recursos habían solicitado la condena de sólo estos dos acusados por un único delito de falsedad en documento mercantil cometido al tramitar un contrato falso, por su contenido y por una firma.
Según los hechos probados, los dos exalcaldes enviaron copia de un aparente contrato, con fecha de 18 de abril de 2005, desde un fax que había en el domicilio de Torrejón, para justificar el origen del dinero al banco Andbanc de Andorra.
La sentencia indica que es patente la falsedad del documento, como afirma con apoyo de datos y argumentos consistentes la Audiencia Provincial de Madrid que declara probado que se trata de un "aparente contrato" que "no existió y que fue una pura invención de Torrejón y Tejeiro".
En este sentido, afirma que hay prueba de cargo sólida y concluyente sobre la falsedad del documento y la intervención en los hechos de los dos exalcaldes. En el caso de Joaquín Tejeiro afirma que él "ideó y planificó" la confección del contrato que, además, aparece suscrito con su propia firma.
Tampoco tiene dudas de la participación de Pedro Torrejón en su "invención" que envió el documento a Andorra por un fax desde su domicilio a media noche. A todo ello, añade la Sala, hay que sumar que en todo el episodio fáctico realizado en Andorra "intervinieron de mutuo acuerdo ambos acusados, mostrando incluso un mayor protagonismo el acusado Pedro Torrejón".
{{#href}} {{ text }} {{/href}} {{^href}} {{ text }} {{/href}}
{{#href}} {{ text }} {{/href}} {{^href}} {{ text }} {{/href}}
{{/text}} {{/kicker}} {{#title}} {{#text}}{{#href}} {{ text }} {{/href}} {{^href}} {{ text }} {{/href}}
{{/text}} {{/title}}{{#href}} {{ text }} {{/href}} {{^href}} {{ text }} {{/href}}
{{#href}} {{ text }} {{/href}} {{^href}} {{ text }} {{/href}}
{{/text}} {{/kicker}} {{#title}} {{#text}}