El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula el Decreto del Area Unica de Salud de la Comunidad
Los demandantes consideran que el nombramiento del director del centro de salud no garantizaba que fuera un facultativo
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el decreto, de fecha 29 de julio de 2010, que organiza el Area Unica Sanitaria en la Comunidad de Madrid al entender que "no es conforme a derecho". Ante este fallo cabe recurso de casación.
En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM estima parcialmente el recurso interpuesto por la Sociedad Madrileña de Medicina de Familia y Comunitaria (Somanfyc) y de la Asociación Madrileña de Pediatría y Atención Primaria (AMPAP) contra el citado Decreto.
Las demandas se dirigían contra el artículo 9 del Decreto, en el que se establece que el director del centro de salud se procederá mediante convocatoria pública entre profesionales sanitarios. Según este precepto, se daba vía libre a que cualquier profesional sanitario, independientemente de su condición, sea facultativo o no, pudiera optar a este puesto.
A juicio de los demandantes "carece de razones lógicas y vulnera lo dispuesto en los artículos 6,9 y 10 de la ley 44/2003 en cuanto que "no respeta ni tiene en cuenta criterios de competencia, capacidad, conocimiento o titulación, ni el principio de actuación jerarquizada y colegiada que ha de regir las relaciones interprofesionales y de trabajo en equipo de los diferentes profesionales sanitarios".
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