El Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid ha incoado unas diligencias previas a raíz de la denuncia del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) contra el Ministerio Público por supuesta revelación de secretos en el caso en el se investiga a Alberto González Amador, pareja de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, por presunto fraude fiscal, han confirmadofuentes jurídicas y del Colegio.
El decano de los abogados madrileños, Eugenio Ribón, interpuso el pasado 20 de marzo una denuncia en los Juzgados de Instrucción contra el Ministerio Fiscal por la nota de prensa oficial difundida recogiendo "datos concretos de comunicaciones de un letrado en el marco de un proceso de conformidad en curso".
En dicha nota informativa, la Fiscalía de Madrid daba cuenta de los correos cruzados entre el abogado de Alberto González Amador y el fiscal del caso en relación a las diligencias de investigación abiertas por la presunta comisión de dos delitos de defraudación tributaria y otro de falsedad en documento mercantil.
Desde el Colegio han detallado a Europa Press que la denuncia ha recaído sobre el citado Juzgado, cuyo titular ha acordado abrir unas diligencias previas. Así, el Colegio ahora se personará como parte presentando una querella en los próximos días contra autor desconocido de los hechos, sin perjuicio de "ulteriores planteamientos de competencia objetiva por razón de la persona (eventual aforamiento)".
REVELACION DE SECRETOS
Los hechos ocurridos el pasado 14 de marzo, a juicio del ICAM, "ofrecen indiciariamente caracteres constitutivos de un delito de revelación de secretos previsto en el artículo 417.2 CP, que sanciona el quebrantamiento por parte de una autoridad o funcionario público -en el caso que nos ocupa, del representante del Ministerio Fiscal-, del deber de sigilo y discreción que impone el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal".
En este sentido, respecto a la autoría del presunto delito, el ICAM ya recogía en su denuncia que "el Ministerio Fiscal "ejerce sus funciones por medio de órganos propios".
Como quiera que tal nota emana de la Fiscalía Provincial de Madrid, "habrá de estarse a la averiguación subjetiva de su autoría mediata o inmediata".