La jueza archiva todo el caso Máster pero mantiene investigada a Cifuentes
La magistrada del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez Medel Nieto, ha dictado el sobreseimento del caso máster en cuanto a los delitos de prevaricación y cohecho impropio pero seguirá investigando si hubo falsificación documental en el caso del Trabajo de Fin de Máster (TFM) de la expresidenta de la Comunidad Cristina Cifuentes.
Por ello, mantiene como investigada a la exdirigente del PP además de al catedrático Enrique Alvarez Conde, las profesoras Cecilia Rosado y Alicia López de los Mozos y la exasesora del Gobierno regional Teresa Feito Higueruela, todos ellos por el delito de falsedad documental.
La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid toma esta decisión en un duro auto fechado hoy, tres días después de que el Supremo decidiese no investigar al líder del PP, Pablo Casado.Rodríguez-Medel archiva la causa de prevaricación y cohecho para los 19 investigados, de manera que cierra la pieza C de Casado y reduce la pieza principal únicamente al delito de falsedad.De esta forma, continuarán como investigados las personas involucradas en relación al trabajo de fin de máster que Cristina Cifuentes defiende haber realizado y presentado ante un tribunal, pero cuyo acta de evaluación fue presuntamente falsificado.Estos son -además de la expresidenta- el exdirector del Instituto de Derecho Público de la URJC Enrique Álvarez Conde -investigado en otro juzgado por supuesta malversación de fondos del Instituto-, dos profesoras del tribunal, Cecilia Rosado y Alicia López de los Mozos y la exasesora de la expresidenta regional María Teresa Feito.Para la jueza, el informe del teniente fiscal del Supremo Luis Navajas y el auto del alto tribunal "son determinantes para el resto de las decisiones que deben adoptarse en este procedimiento"."No resulta posible circunscribir la decisión del Alto Tribunal al aforado, ni apartarse esta instructora de su Superior criterio en lo que es responsabilidad de esta magistrada-juez, a saber, los no aforados, cuando la argumentación les resulta de plena aplicación", explica la magistrada.
Dicho esto, la jueza carga contra el Supremo por no considerar relevante el "punto neurálgico de esta instrucción" que no es otro que "acreditar indiciariamente la existencia de actividad académica" ya que si esto era así, no sólo no había cohecho para el alumno (puesto que no había regalo) sino que tampoco habría prevaricación del profesor (pues tiene libertad de cátedra para elegir cómo calificar).Es por ello que no comprende que el Supremo vea innecesario oír como investigado a Casado y requerirle para que aporte el ordenador donde tenía los trabajos acreditativos de haber realizado el máster, ni tampoco se plantee la opción de citarle como testigo para colaborar con la Justicia y esclarecer si había responsabilidad penal en el presunto cabecilla de la trama, Enrique Álvarez Conde.
Y como el Supremo considera que la clave de la causa está en acreditar indiciariamente la existencia de un concierto previo o coetáneo para prevaricar, la jueza entiende que la decisión sobre Casado debe aplicarse al resto de alumnos investigados y "lógicamente" a los profesores, ya que la Sala no aprecia indicios consistentes de un regalo concertado entre alumno y profesor por no ir a clase sino más bien "un mero trato de favor".
Pero incluso tomando como referente el escenario del Supremo, la jueza dice que de las declaraciones de los alumnos no aforados que "a diferencia de lo ocurrido con el aforado (Casado) sí fueron citados", se desprende "información ciertamente relevante" y "significativa indiciariamente del concierto"."Esta conclusión, sin embargo, debe rectificarse a la luz de la resolución del alto tribunal", añade la jueza, que recuerda que más allá de las propias declaraciones de los alumnos, no hay ningún "elemento objetivo" que demuestre un pacto para obtener el máster.
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