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La Comunidad de Madrid ha establecido esta semana el sacrificio cero de animales de compañía en centros de acogida. El Gobierno regional va a elevar esta protección con un nuevo texto adaptado a las demandas de la sociedad que recogerá los principios de respeto, defensa y cuidado de perros, gatos y otros animales de compañía como hurones y caballos de recreo y deportivos.

Entre las disposiciones de la nueva norma destaca la prohibición de sacrificar animales abandonados. Esta política de "sacrificio 0" ya se aplica en el Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid (CIAAM) -donde cualquier mascota con posibilidades de ser adoptado permanece el tiempo que sea necesario-, y se extenderá por ley a todos los albergues municipales, centros de acogida y sociedades protectoras de la región, que hasta ahora podían practicar la eutanasia a los ejemplares abandonados en un plazo de entre 10 y 19 días desde su recogida.

Además, la ley establece una serie de disposiciones orientadas a garantizar el respeto a los animales y a mejorar sus condiciones de vida y su relación con los propietarios. Así, se prohíbe dar a las mascotas una educación agresiva o violenta, regalarlas como premio o reclamo publicitario o mantener a los animales atados o encerrados en condiciones que puedan suponer sufrimiento o daño para ellos.

Para luchar contra éstas y otras prácticas, la norma prevé sanciones que, en el caso de infracciones muy graves como el maltrato o el abandono de animales, pueden alcanzar los 30.000 euros, el doble de lo establecido hasta ahora.

La norma también regula la cría y comercialización de mascotas, así como la participación de éstas en ferias, concursos y otras actividades, y reconoce el papel de las entidades de defensa de los animales y de la profesión veterinaria en el fomento de la tenencia responsable.

Además, insta a los centros de acogida de animales a fomentar en todo momento la adopción de mascotas abandonadas, que se entregan a sus nuevos dueños con todos los tratamientos obligatorios y esterilizados para evitar camadas indeseadas.

El texto se remitirá ahora a los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid y volverá al Consejo de Gobierno, que lo enviará ya como proyecto de Ley a la Asamblea de Madrid para continuar con su tramitación.

Esta ley no será de aplicación a los animales utilizados en los espectáculos taurinos, incluidos los populares, que ya están protegidos en un reglamento específico que, entre otros aspectos, establece la prohibición de "herir, pinchar, golpear, sujetar, atar o tratar de cualquier modo cruel a las reses".

Tampoco a la fauna silvestre, incluidas las especies de caza y pesca, a las que se refieren las leyes de Caza y de Pesca Fluvial; ni los animales utilizados con fines agrícolas, ganaderos o experimentales, o los de parques zoológicos, que se regirán por su legislación específica, de ámbito nacional.

Además, en la citada ley se prohíbe el tiro de pichón y prácticas similares en la Comunidad de Madrid aunque se podrá autorizar a las sociedades de tiro, bajo control de la respectiva federación, la celebración de competiciones de esta especialidad.