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Telemadrid ha tenido acceso al borrador del reglamento de la ley de Protección de los animales de compañía. Recoge, entre otras, las nuevas normas para la venta y tenencia de nuestras mascotas. El texto establece que sólo podrá haber ocho perros y gatos en una tienda, las cuales dispondrán de cuatro metros cuadrados para cada uno. No sólo eso. deberán contar con un cuidador controlándolos durante la noche. Además, según el texto, si usted tiene un perro potencialmente peligroso, tendrá que esterilizarlo. Estos son algunos de los puntos principales.

1. LAS TIENDAS SOLO PODRÁN TENER UN MAXIMO DE OCHO PERROS Y/O GATOS A LA VENTA

El texto, con el objetivo fundamental de elevar los estándares de protección y bienestar animal, determina en su articulado que las tiendas dedicadas a la venta de animales de compañía, que ejerzan su actividad en locales cerrados, sólo podrán alojar un máximo de ocho perros y ocho gatos. Estos procederán directamente de los criaderos donde nazcan los animales y se venderán al destinatario final sin intermediarios. Las tiendas deberán facilitar al consumidor toda la información acerca del criadero de origen y su número de registro, así como la de los progenitores del animal, incluyendo su número de microchip y el registro de identificación donde quedaron inscritos.

2. UN CUIDADOR DURANTE LAS HORAS DE CIERRE AL PUBLICO

Una de las novedades que aporta el texto en su articulado, hace referencia a la necesaria presencia física en las tiendas de mascotas de al menos un cuidador, así como de un responsable de la atención durante las horas de cierre al público del establecimiento.

3. PERROS Y GATOS NO PODRÁN ESTAR MÁS DE DOS SEMANAS A LA VENTA

Asimismo, el reglamento establece que en los centros de venta, los perrros y gatos animales no podrá estar más de dos semanas, contados a partir de la fecha de su entrada en el local. Transcurrido este tiempo, el animal deberá ser devuelto al criador, o bien procurar su adopción.

4.- LOS PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS DEBERÁN SER ESTERILIZADOS

Con el fin de evitar su reproducción incontrolada, en su artículo 12, el texto señala que los propietarios de perros potencialmente peligrosos, que no ejerzan la cría de perros como actividad económica principal, deberán hacerlos esterilizar por un veterinario antes de que alcancen su edad reproductora. La esterilización qudará reflejada en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos.

5.- VACUNA ANTIRABICA Y REVISION VETERINARIA ANUAL

Además, el reglamento establece una mayor responsabilidad y control a los propietarios de animales de compañía. Así los dueños de gatos, perrros y hurones deberá realizar una vez al año un reconocimiento veterinario, siendo obligatoria además la vacunación contra la rabia. El veterinario reflejará dicha revisión en el pasaporte o cartilla del animal y se comunicará al Registro.

6. PERROS Y GATOS CON SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

Todos los propietarios de perros, gatos, hurones y cualquier animal de otra especie que salga al exterior del domicilio en el que reside y sea susceptible de causar daños a otros animales, a las personas o a sus bienes, deben contratar un seguro de responsabilidad civil destinado a cubrir los posibles daños que puedan ocasionar. En el caso de tratarse de animales considerados potencialmente peligrosos, sus propietarios o cualquier persona que quiera disponer de la licencia para la tenencia contratarán un seguro de responsabilidad civil por importe superior a 120.000 euros.

7. SE LIMITA A CINCO EL NUMERO TOTAL DE PERROS Y/O GATOS EN UN MISMO DOMICILIO

La tenencia en un mismo domicilio de un total superior a cinco perros y/o gatos quedará condicionada a la obtención de autorización por el Ayuntamiento. Además, con carácter previo a la concesión de cualquier autorización, los ayuntamientos comprobarán de modo material que el domicilio cumple con los necesarios requisitos de bienestar animal y que no se realiza actividad económica con ellos.