La Guardia Civil ha reunido pruebas para investigar por presunto delito de denuncia falsa a cuatro personas de Collado Villalba que alegaron el robo con violencia de su teléfono móvil con intención de cobrar el seguro.
La investigación corre a cargo de agentes pertenecientes al Área de Investigación de Collado Villalba tras analizar una serie de denuncias interpuestas a lo largo de los últimos meses.
Nexo en común
Según ha indicado el Instituto Armado en un comunicado, dichas denuncias presentaban "datos muy confusos" pero todas ellas tenían un "nexo en común", el comunicar robos con violencia de dispositivos móviles.
Así un padre denunció que a su hijo menor de edad le habían robado el móvil en su centro de estudios y con los datos recabados resultó que era él mismo el que estaba utilizando el terminal.
En otra de las denuncias investigadas, la supuesta víctima alegó que había sufrido un robo con violencia tras bajarse de un autobús de línea, y resulto que lo había extraviado.
El extravío fue también le motivo que llevó a una cajera de un supermercado de la localidad a denunciar un robo con violencia, cuando la realidad es que el teléfono se le cayó al interior de una caja.
Historia enrevesada
Pero la historia más "enrevesadas", según la Guardia Civil, es la que inventó un varón que alegó que a la vuelta de un viaje del país vasco, donde había cobrado 2.600 euros, en la localidad de Collado Villalba fue asaltado por dos personas con casco y que huyeron en una motocicleta y que lograron sustraerle su maletín con el dinero recaudado, las llaves y su teléfono de última generación.
La investigación realizada por los agentes permitió desmontar toda la invención, descubriendo que no llegó a realizar el viaje y que su teléfono móvil lo estaba utilizando una persona que lo encontró en su buzón.
La Benemérita detalla que el Código Penal estipula que presentar una denuncia contra otra persona acusándola de un delito que no ha cometido, o fingir un delito, son delitos penales que se encuentran regulados por el título XX, en su capítulo V, artículos 456 y 457.
La legislación española contempla pena de cárcel de seis meses a un año y multa de doce a veinticuatro meses, para aquellos delitos calificados como muy graves, así como multa de doce a veinticuatro meses para los considerados menos graves y multa de tres a seis meses para los delitos leves.