Los locales de ocio nocturno reabren hasta las tres de la madrugada y un aforo al 50%
Se podrá bailar exclusivamente en espacios al aire libre delimitado
Las fiestas populares y verbenas podrán autorizarse por la autoridad sanitaria siempre que la situación epidemiológica lo permita
A partir del lunes las discotecas, bares de copas, salas de baile, café espectáculo y salas de fiesta podrán recuperar su actividad original hasta las tres de la madrugada, no pudiendo recibir nuevos clientes desde una hora antes, con aforo del 50% en interiores y del 75% en las terrazas.
En la Comunidad de Madrid, los locales de ocio nocturno fueron obligados a cerrar a finales de agosto de 2020 a consecuencia del coronavirus, aunque tuvieron la opción de reabrir desde octubre reconvertidos en bares y cafeterías, por lo que hasta ahora podían abrir hasta la una de la madrugada con esta funcionalidad.
Se podrá bailar exclusivamente en espacios al aire libre delimitados, con distancia de seguridad y mascarilla obligatoria, y en ellos no podrán consumirse bebidas.
Las pistas de baile interiores no podrán utilizarse como tal, pero sí habilitarse para instalar mesas manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros.
Los locales deberán tener ventilación adecuada por medios naturales o mecánicos y pautas de apertura de puertas y ventanas para ventilar al máximo posible, además de medidores de CO2.
En caso de que la concentración de CO2 supere las 1.000 partes por millón, deberá incrementarse la ventilación o disminuir el aforo hasta que se sitúe por debajo de ese indicador.
HOSTELERÍA, ESPECTÁCULOS Y FIESTAS
Por otra parte, en los establecimientos de hostelería y restauración se recupera el uso de la barra exclusivamente para la recogida de bebida y comida por los clientes para su consumo en mesa.
El aforo interior se mantiene al 50% y al 75% en el exterior, así como la distancia mínima de 1,5 metros entre mesas, cuya ocupación máxima es de seis personas en el interior y ocho al aire libre.
Los restaurantes con zonas de autoservicio o bufé podrán retomarlo con distancia de seguridad interpersonal, uso obligatorio de la mascarilla y circuitos unidireccionales de tránsito de clientes, con la debida protección de alimentos y bebidas para evitar su contaminación por los clientes.
En las celebraciones de ceremonias en establecimientos de hostelería, con aforo del 60%, el consumo de bebidas y comida será exclusivamente sentado en mesa, y se podrá bailar al aire libre en los locales que tengan dicha licencia, aunque manteniendo la distancia interpersonal y con mascarilla.
Por otro lado, en recintos de espectáculos públicos, incluidas las plazas de toros, el público permanecerá sentado en localidad preasignada, con un 50% de aforo, mascarilla obligatoria y quedando una localidad vacía entre grupos de personas (seis como máximo) que adquieran las localidades conjuntamente.
Las fiestas populares y verbenas podrán autorizarse por la autoridad sanitaria siempre que la situación epidemiológica lo permita, y los ayuntamientos podrán autorizar la instalación de atracciones de feria ambulante respetando las medidas preventivas.
Los establecimientos de juegos y apuestas podrán funcionar hasta las 03:00 horas, sin admitir nuevos clientes desde las dos de la madrugada.
Además, en las zonas de estancia de las piscinas se mantendrá la distancia de seguridad entre los grupos, mediante señales en el suelo y todos los objetos y toallas deben permanecer dentro de dicho perímetro.
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