Carros de la compra en un autobús urbano |
(Actualizado

Los vecinos de Parla podrán por fin subir con carros de la compra a los autobuses urbanos, según informa el consistorio en un comunicado.

"Se trata de una larga demanda de la ciudadanía, en la que el ayuntamiento se ha volcado durante los últimos meses, negociando con la empresa concesionaria del servicio de transporte público urbano e interurbano, Avanza, hasta lograr su materialización", señala el Consistorio de Parla.

Acuerdo con Avanza

Tras muchos años de quejas por parte de los usuarios, el concejal de Movilidad, Francisco Conde, ha anunciado que “ya se podrán transportar en los autobuses urbanos los carritos de la compra, maletas de mano y equipajes similares”.

El reconocimiento del derecho de los viajeros se ha conseguido “después del acuerdo alcanzado con la empresa Avanza y ésta a su vez con los trabajadores y trabajadoras de estos autobuses”, según ha explicado el responsable municipal.

El edil ha apuntado que “esta reivindicación se lleva haciendo desde hace años y en los últimos meses de forma continuada con la empresa para facilitar a todas aquellas personas, sobre todo cuando acuden a los mercadillos de nuestra ciudad, y personas mayores que tienen alguna dificultad a la hora del transporte de estos elementos”.

“Por ello, consideramos que se cumple una demanda de nuestros ciudadanos; y agradecemos tanto a la empresa, como a los trabajadores y trabajadoras de la misma, el esfuerzo que se realiza para este fin”, ha añadido el concejal de Movilidad.

No estaba permitido por reglamento

Hasta ahora no era posible, pese a ser un derecho recogido en el Reglamento de Viajeros del Transporte Interurbano de la Comunidad de Madrid. Y es que el punto dos del artículo dos de dicha normativa establece que los viajeros tienen derecho en a portar en dichos vehículos “objetos o bultos de mano, siempre que no supongan molestias o peligro para otros viajeros”.

Sin embargo, el artículo no especifica medidas de los bultos, ni qué se considera como tal. Por ello, al quedar a discreción del conductor o conductora la decisión en función de de la ocupación del vehículo en cada momento, la peligrosidad del bulto, la dificultad de acceso con el mismo, etc, como norma general, no se estaba permitiendo el transporte de carros de compra.