La Audiencia Provincial de Córdoba ha rebajado a un máximo de 25 años la pena de cárcel impuesta a José Bretón por el asesinato de sus dos hijos menores de edad mediante un auto que responde a una petición de la defensa del preso.
En el auto, que ha sido facilitado a Efe, los magistrados de la sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba han considerado que José Bretón no puede cumplir 40 años de condena, como así falló el tribunal jurado en sentencia el 22 de julio de 2013, por arreglo al artículo 76 del Código Penal, concretamente, debido al "límite de cumplimiento de las penas privativas de libertad".
Esta norma, citada en el auto, implica que "el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder el triple de tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido", que no podrán exceder los 20 años.
Sin embargo, como Bretón fue condenado a dos delitos castigados con penas de prisión de hasta 20 años, se aplica una excepción prevista en el mismo artículo 76 del Código Penal y se le imponen 25 años, lo que supone una rebaja de 15 años con respecto a la pena impuesta inicialmente, que era de 40 años.
Asimismo, el auto indica que, por el momento, la acusación particular no ha efectuado ninguna alegación al respecto.