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(Actualizado

El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido hoy por unanimidad que el juez Santiago Pedraz puede seguir investigando el caso Couso pese a la reforma de la ley de justicia universal.

Los 16 magistrados que componen hoy el pleno han rechazado así el recurso de queja interpuesto por la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra la decisión de Pedraz de mantener abierto el caso Couso, sobre la muerte en Irak del cámara José Couso en 2003, que pretendía que el juez concluyera el sumario y lo elevara a la Sala para que ésta decidiera al respecto.

Por tanto, el pleno no ha entrado en el fondo de la cuestión y se ha limitado a estudiar esta cuestión procedimental, según han informado fuentes jurídicas, que han precisado que ahora la Fiscalía podría formular un nuevo recurso que permita al pleno entrar en el fondo de este asunto.

La decisión sobre el caso Couso se ha conocido en un receso de la reunión que comenzó pasadas las 09.30 horas y que prosigue con la deliberación sobre el cierre de la causa por la represión en el Tíbet, que afecta a cinco exdirigentes chinos, entre ellos el expresidente Jian Zeming, y si tiene que excarcelar a otros cinco narcos extranjeros apresados en barcos fuera de aguas territoriales.

Sobre este último asunto, el pleno ha acordado devolver a la sección segunda el caso, que ayer iba a comenzar a ser juzgado, para que abra la vista oral y en sus cuestiones previas las partes planteen si cabe excarcelar a los acusados como consecuencia de la reforma.

Se trata de cinco presuntos narcotraficantes -un coreano y cuatro brasileños- que fueron detenidos en marzo de 2013 en un buque fuera de las aguas territoriales españolas con 1,7 toneladas de cocaína valorada en 60 millones.

La Sala ya ha avalado la liberación de 47 narcotraficantes extranjeros apresados en barcos fuera del territorio nacional y hoy la Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo la decisión del pleno de excarcelar a todos estos narcos al discrepar con la interpretación de la Audiencia Nacional sobre la competencia de la jurisdicción española en la persecución de estos casos, tras la nueva redacción del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.